Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica del Poder Judicial) Provincia de Santa Fe
Ley Orgánica del Poder Judicial Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Atribución de la competencia
- Artículo 2. Prorrogabilidad e improrrogabilidad de la competencia
- Artículo 3. Competencia territorial
- Artículo 4. Circuitos Judiciales
- Artículo 5. Distritos Judiciales
- Artículo 6. Circunscripciones Judiciales
- Artículo 7. Planta Judicial
- Artículo 8. Competencia Cuantitativa
- Artículo 9. Magistratura y función jurisdiccional
- Artículo 10. Derechos y obligaciones de los magistrados
- Artículo 11. Asiento y composición
- Artículo 12. Recusación y excusación
- Artículo 13. Reemplazo
- Artículo 14. Quórum y resoluciones
- Artículo 15. Competencia territorial
- Artículo 16. Competencia funcional
- Artículo 17. Competencia material
- Artículo 18. Competencia personal
- Artículo 19. Gobierno
- Artículo 20. Elección
- Artículo 21. Reemplazo
- Artículo 22. Atribuciones y deberes
- Artículo 23. Asientos
- Artículo 24. Composición
- Artículo 25. Reemplazo
- Artículo 26. Resoluciones
- Artículo 27. Tribunal integrado
- Artículo 28. Tribunal pleno
- Artículo 29. Tribunal plenario
- Artículo 30. Sede de los tribunales pleno y plenario
- Artículo 31. Competencia territorial
- Artículo 32. Competencia funcional
- Artículo 33. Competencia material
- Artículo 34. Competencia prevencional
- Artículo 35. Gobierno
- Artículo 36. A los fines dispuestos en el Artículo anterior, la Cámara forma quórum con...
- Artículo 37. Sin perjuicio de las facultades propias de la Corte Suprema, la Sala que...
- Artículo 38. Elección
- Artículo 39. Reemplazo
- Artículo 40. Atribuciones y deberes
- Artículo 41. Asientos
- Artículo 42. Competencia funcional
- Artículo 43. En todos los casos, para la admisibilidad de la respectiva impuganción se...
- Artículo 44. Competencia material
- Artículo 45. Asientos
- Artículo 46. Competencia funcional
- Artículo 47. Competencia material
- Artículo 48. Cada Cámara, dentro de su respectiva Circunscripción Judicial, debe...
- Artículo 49. Asientos
- Artículo 50. Competencia funcional
- Artículo 51. Competencia material
- Artículo 52. Asientos
- Artículo 53. Competencia funcional
- Artículo 54. Competencia material
- Artículo 55. Asientos
- Artículo 56. Competencia funcional
- Artículo 57. Competencia material
- Artículo 58. Asiento y competencia territorial
- Artículo 59. Competencia material
- Artículo 60. Asientos y competencia territorial
- Artículo 61. Composición y recusación
- Artículo 62. Reemplazo
- Artículo 63. Tribunal pleno
- Artículo 64. Tribunal plenario
- Artículo 65. Actuación del tribunal
- Artículo 66. Competencia funcional del Tribunal Colegiado
- Artículo 67. Competencia funcional del juez de trámite
- Artículo 68. Competencia material
- Artículo 69. Competencia material
- Artículo 70. Asiento y competencia territorial
- Artículo 71. Reemplazos
- Artículo 72. Competencia material
- Artículo 73. Competencia por conexidad
- Artículo 74. Asiento y competencia territorial
- Artículo 75. Reemplazos
- Artículo 76. Competencia material
- Artículo 77. Asiento y competencia territorial
- Artículo 78. Reemplazo
- Artículo 79. Competencia material
- Artículo 80. Asiento y competencia territorial
- Artículo 81. Reemplazo
- Artículo 82. Competencia material
- Artículo 83. Asiento y competencia territorial
- Artículo 84. Asiento y competencia territorial
- Artículo 85. Reemplazo
- Artículo 86. Competencia material
- Artículo 87. Asiento y competencia territorial
- Artículo 88. Reemplazo
- Artículo 89. Competencia material
- Artículo 90. Asiento y competencia territorial
- Artículo 91. Reemplazo
- Artículo 92. Competencia material
- Artículo 93. Asiento y competencia territorial
- Artículo 94. Reemplazo
- Artículo 95. Competencia material
- Artículo 96. Asiento y competencia territorial
- Artículo 97. Reemplazo
- Artículo 98. Competencia material
- Artículo 99. Competencia funcional
- Artículo 100. Asiento y competencia territorial
- Artículo 101. Reemplazo
- Artículo 102. Competencia material
- Artículo 103. Facultades especiales
- Artículo 104. Facultades propias
- Artículo 105. Radicación de expedientes
- Artículo 106. Tienen asiento en las sedes de los Distritos Judiciales Nº 1, 2 y 13 y...
- Artículo 107. Reemplazo
- Artículo 108. Competencia material
- Artículo 108 bis. Asiento y competencia territorial
- Artículo 108 ter. Reemplazo
- Artículo 108 quater. Competencia material
- Artículo 109. Asiento y competencia territorial
- Artículo 110. Reemplazo
- Artículo 111. Competencia material
- Artículo 112. Competencia cuantitativa
- Artículo 113. Competencia funcional
- Artículo 114. Superintendencia
- Artículo 115. Asiento y competencia territorial
- Artículo 116. Reemplazo
- Artículo 117. Competencia material
- Artículo 118. Requisitos
- Artículo 119. Designación
- Artículo 120. Asiento y competencia territorial
- Artículo 121. Recusación
- Artículo 122. Reemplazo
- Artículo 123. Competencia funcional y material
- Artículo 124. Competencia cuantitativa
- Artículo 125. Deberes funcionales
- Artículo 126. Procedimiento
- Artículo 127. Ausencia o vacancia del Juzgado
- Artículo 128. El Ministerio Público está integrado por: 1) el procurador general de la...
- Artículo 129. Asiento
- Artículo 130. Reemplazo
- Artículo 131. Atribuciones y deberes
- Artículo 132. Asiento
- Artículo 133. Reemplazo
- Artículo 134. Atribuciones y deberes
- Artículo 135. Requisitos
- Artículo 136. Asiento
- Artículo 137. Reemplazo
- Artículo 138. Atribuciones y deberes
- Artículo 139. Requisitos
- Artículo 140. Asiento
- Artículo 141. Reemplazo
- Artículo 142. Atribuciones y deberes
- Artículo 143. Requisitos
- Artículo 144. Asiento
- Artículo 145. Atribuciones y deberes
- Artículo 146. Requisitos
- Artículo 147. Asiento
- Artículo 148. Reemplazo
- Artículo 149. Atribuciones y deberes
- Artículo 150. Requisitos
- Artículo 151. Asiento
- Artículo 152. Reemplazo
- Artículo 153. Atribuciones y deberes
- Artículo 154. Asiento
- Artículo 155. Función y composición
- Artículo 156. Atribuciones y deberes
- Artículo 157. Para el cumplimiento de sus funciones, puede: 1) llamar y hacer...
- Artículo 158. Quórum, resoluciones y dictámenes
- Artículo 159. Deber específico de los jueces de primera instancia
- Artículo 160. Designación
- Artículo 161. Atribuciones y deberes
- Artículo 162. Requisitos
- Artículo 163. Atribuciones y deberes
- Artículo 164. Asiento
- Artículo 165. Designación
- Artículo 166. Reemplazo
- Artículo 167. Atribuciones y Deberes
- Artículo 168. Honorarios e Incompatibilidades
- Artículo 169. Superintendencia
- Artículo 170. Requisitos
- Artículo 171. Asiento
- Artículo 172. Reemplazo
- Artículo 173. Fianza
- Artículo 174. Atribuciones y deberes
- Artículo 175. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo anterior, a los secretarios del...
- Artículo 176. Sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos anteriores, al secretario...
- Artículo 177. Responsabilidad
- Artículo 178. Requisitos
- Artículo 179. Reemplazo
- Artículo 180. Atribuciones y deberes
- Artículo 181. Los juzgados de menores se integran con tres secretarías: a) Secretaría...
- Artículo 182. Cada secretaría está a cargo de un secretario de primera instancia de...
- Artículo 183. En la secretaría social funcionará un equipo técnico interdisciplinario.
- Artículo 184. El equipo, que será de actuación exclusiva ante el fuero de menores, se...
- Artículo 185. La función de delegados a la que refiere el inc. 4) del Artículo 176,...
- Artículo 186. De los trabajadores sociales
- Artículo 187. De los otros profesionales que integran la Secretaría Social
- Artículo 188. Reemplazo
- Artículo 189. Requisitos
- Artículo 190. Reemplazo
- Artículo 191. Atribuciones y deberes
- Artículo 192. Retribución
- Artículo 193. Responsabilidad
- Artículo 194. Requisitos
- Artículo 195. Asiento
- Artículo 196. Atribuciones y deberes
- Artículo 197. Incompatibilidades
- Artículo 198. Retribución
- Artículo 199. Asiento
- Artículo 200. Atribuciones y deberes
- Artículo 201. Funcionarios
- Artículo 202. Director
- Artículo 203. Subdirector
- Artículo 204. Contador
- Artículo 205. Tesorero
- Artículo 206. Ecónomo
- Artículo 207. Designación
- Artículo 208. Inhabilidades
- Artículo 209. Juramentos
- Artículo 210. Residencia
- Artículo 211. Inamovilidad
- Artículo 212. Incompatibilidades
- Artículo 213. Deberes
- Artículo 214. Reunión de tribunales pluripersonales
- Artículo 215. Firma
- Artículo 216. Integración de tribunales
- Artículo 217. Suplencias
- Artículo 218. Requisitos para la designación de empleados del Poder Judicial
- Artículo 219. Turnos de magistrados y funcionarios
- Artículo 220. Retribución
- Artículo 221. Permisos
- Artículo 222. Régimen disciplinario
- Artículo 223. Las sanciones disciplinarias consisten en: 1) prevención; 2)...
- Artículo 224. El juez de menores podrá solicitar la separación del personal asignado...
- Artículo 225. La Corte Suprema puede proponer al Poder Ejecutivo la destitución de los...
- Artículo 226. Contra las sanciones impuestas por la Corte Suprema o su Presidente, por las...
- Artículo 227. Ejecutoriado el pronunciamiento que impone sanción disciplinaria, se...
- Artículo 228. Sin perjuicio de la sanción disciplinaria que corresponda, los magistrados...
- Artículo 229. El producido de las multas se destina exclusivamente al fomento de las...
- Artículo 230. Sumario administrativo
- Artículo 231. Durante el curso de la investigación y mientras dura la circunstancia que la...
- Artículo 232. El personal que interviene directamente en los procedimientos de...
- Artículo 233. La instrucción es secreta durante los primeros quince días contados desde la...
- Artículo 234. Durante la instrucción, el imputado puede dar las explicaciones que...
- Artículo 235. La instrucción no debe durar más de sesenta días corridos, no computándose...
- Artículo 236. Recibidas las actuaciones, el Presidente o ministro, en su caso, confiere...
- Artículo 237. El presunto infractor puede hacerse asistir por abogado inscripto en la...
- Artículo 238. Si el juez del plenario lo considera conveniente o si las partes lo...
- Artículo 239. Agregadas la requisitoria y la defensa, no habiéndose abierto la causa a...
- Artículo 240. La Corte puede ordenar, como medida para mejor proveer y sin recurso alguno,...
- Artículo 241. La Corte dicta sentencia por escrito y fundada en las reglas de la sana...
- Artículo 242. Si el instructor fue un miembro de la Corte no puede intervenir como...
- Artículo 243. El personal no podrá ser sancionado después de haber transcurrido tres años...
- Artículo 244. Las disposiciones del Código Procesal Penal son aplicables supletoriamente.
- Artículo 245. La Corte repele sin sustanciación toda denuncia que estime carente de...
- Artículo 246. Renuncia
- Artículo 247. Los jueces pueden ordenar, sin recurso alguno, que las partes sean asistidas...
- Artículo 248. Plazos de feria
- Artículo 249. Turnos de feria
- Artículo 250. Asuntos de feria
- Artículo 251. Habilitación de la feria
- Artículo 252. Plazos procesales
- Artículo 253. Vacaciones compensatorias
- Artículo 254. En las ciudades de Santa Fe y Rosario funcionará un archivo de los...
- Artículo 255. El archivo se formará: 1) con los protocolos de registro, exceptuando...
- Artículo 256. Personal
- Artículo 257. Director
- Artículo 258. Dará la misma fianza que los escribanos de registro y no podrá ejercer la...
- Artículo 259. En caso de renuncia, destitución o ausencia, será suplido por el...
- Artículo 260. Atribuciones y deberes del director
- Artículo 261. Subdirector
- Artículo 262. Le corresponde: 1) dirigir la sección "Destrucción de...
- Artículo 263. Auxiliares
- Artículo 264. Archivo de Protocolos, Expedientes y Libro de Resoluciones
- Artículo 265. En los cinco primeros meses de cada año, los secretarios de tribunales y...
- Artículo 266. Terminado el libro de resoluciones, el secretario pondrá constancia de la...
- Artículo 267. Secciones
- Artículo 268. Forma y plazos
- Artículo 269. Prohibiciones
- Artículo 270. Oportunidad
- Artículo 271. Clasificación
- Artículo 272. Efectuada la clasificación y confeccionada la nómina de los expedientes a...
- Artículo 273. Exclusión
- Artículo 274. Acta
- Artículo 275. Las actas a que refiere el Artículo anterior serán firmadas por el director...
- Artículo 276. Destino del papel y su producido
- Artículo 277. Incorporación de fichas
- Artículo 278. Prohibición de sacar expedientes
- Artículo 279. Los expedientes paralizados solamente saldrán por orden del juez que...
- Artículo 280. Desglose de documentos
- Artículo 281. Las copias que soliciten los particulares y que se expidan en papel...
- Artículo 282. Examen de documentos
- Artículo 283. Es prohibido tomar notas con tinta, doblar las hojas, hacer marcas o...
- Artículo 284. Las sustracciones y daños serán puestos en conocimiento de la Corte Suprema...
- Artículo 285. Cuentas judiciales paralizadas
- Artículo 286. Las cárceles de detenidos y las de penados, estarán bajo la jurisdicción del...
- Artículo 287. El Poder Ejecutivo fomentará la instalación de talleres en las cárceles de...
- Artículo 288. Los directores o alcaides de cárceles no darán cumplimiento a las órdenes de...
- Artículo 289. Los directores o alcaides de cárceles llevarán un libro de entrada y salida...
- Artículo 290. Los directores y demás empleados de las cárceles serán nombrados y removidos...
- Artículo 291. En las sedes de todas las circunscripciones judiciales funcionará un colegio...
- Artículo 292. Afiliación
- Artículo 293. Gobierno
- Artículo 294. Revocatoria del mandato
- Artículo 295. Inhabilitaciones
- Artículo 296. No podrán ejercer las profesiones de abogado o procurador ni intervenir en...
- Artículo 297. Función
- Artículo 298. Prohibición
- Artículo 299. Intervención
- Artículo 300. Las sanciones disciplinarias imponibles serán: 1) apercibimiento...
- Artículo 301. La denegación de la inscripción en la matrícula y la totalidad de las...
- Artículo 302. Los tribunales de etica de los colegios de abogados podrán requerir...
- Artículo 303. Sin perjuicio de otros requisitos especiales para ejercer las profesiones de...
- Artículo 304. La inscripción en la matrícula requiere: 1) ser mayor de edad, para el...
- Artículo 305. Fianza
- Artículo 306. La fianza constituida, responderá: 1) al pago de los daños y perjuicios...
- Artículo 307. Para la ejecución del profesional o de su fiador, se seguirá la vía de...
- Artículo 308. La fianza se entenderá otorgada permanentemente por la suma fijada, sin que...
- Artículo 309. Transcurridos dos años desde la cancelación de la matrícula, se devolverá el...
- Artículo 310. Comunicaciones
- Artículo 311. Se considerará falta sujeta a la jurisdicción disciplinaria de su respectivo...
- Artículo 312. Obligaciones
- Artículo 313. Excusaciones
- Artículo 314. En el ejercicio de su profesión, el abogado está equiparado a los...
- Artículo 315. Incompatibilidades y fianzas
- Artículo 316. En las causas sucesorias o divisorias, sólo el abogado puede ser designado...
- Artículo 317. Cancelación de la matrícula
- Artículo 318. Requisitos
- Artículo 319. Obligaciones
- Artículo 320. Cuando el apoderado tenga conocimiento privado de la revocación de su...
- Artículo 321. Los mandatarios tienen la obligación de asistir diariamente a los juzgados...
- Artículo 322. Cuando se ejercitaren derechos en juicios cedidos por acta judicial, los...
- Artículo 323. Excepciones
- Artículo 324. Incompatibilidades
- Artículo 325. El ejercicio de la profesión de escribano queda sometido al régimen de la...
- Artículo 326. Formación
- Artículo 327. El escribano titular formará cuadernos mediante la agregación de diez sellos...
- Artículo 328. Antes de ser utilizados, tales cuadernos deberán presentarse al colegio de...
- Artículo 329. Las escrituras públicas sólo pueden ser asentadas en los cuadernos...
- Artículo 330. Apertura
- Artículo 331. Clausura
- Artículo 332. El protocolo se clausurará a continuación de la última escritura del año,...
- Artículo 333. Indice y encuadernación
- Artículo 334. Antes del 31 de marzo de cada año, deberá hallarse encuadernado el protocolo...
- Artículo 335. Custodia y archivo
- Artículo 336. Los escribanos retendrán en su poder los protocolos correspondientes a los...
- Artículo 337. Los protocolos en custodia del titular del registro no podrán ser extraídos...
- Artículo 338. Los cuadernos en uso podrán ser extraídos de la oficina por el escribano...
- Artículo 339. Exigencias previas
- Artículo 340. Cada escritura matriz se iniciará con un membrete expresando el objeto del...
- Artículo 341. Contenido
- Artículo 342. Anulación por error o desistimiento
- Artículo 343. Si extendida una escritura, no concurrieren las partes a suscribirla o...
- Artículo 344. Enmiendas
- Artículo 345. Protocolizaciones
- Artículo 346. La protocolización de documentos exigida por la ley se hará por orden...
- Artículo 347. Traducciones
- Artículo 348. Informes previos
- Artículo 349. Testimonios
- Artículo 350. Los testimonios de escrituras públicas sólo podrán ser extendidos por el...
- Artículo 351. Los testimonios de escrituras públicas pueden ser manuscritos, impresos con...
- Artículo 352. Los escribanos podrán también, a pedido de parte, expedir copias simples de...
- Artículo 353. Los testimonios y copias simples de escrituras ordenadas judicialmente a los...
- Artículo 354. También podrán los escribanos, a pedido de parte, otorgar certificados y...
- Artículo 355. De todo testimonio, certificado o extracto expedido, el escribano dejará...
- Artículo 356. Notificaciones
- Artículo 357. Requisitos
- Artículo 358. Funciones
- Artículo 359. Nombramientos de oficio
- Artículo 360. Requisitos
- Artículo 361. Honorarios profesionales
- Artículo 362. Disposiciones Transitorias
- Artículo 363. Facúltase al Poder Ejecutivo crear los cargos y/o efectuar las...
Mejores juristas
![](/images/photos/min/1313.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/1354.jpeg)
ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios