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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 131 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Santa Fe
Artículo 131. Atribuciones y deberes

Además de las funciones que le acuerdan otras leyes, le compete:

1)velar para que los demás integrantes del Ministerio Público cumplan los deberes inherentes a su cargo;

2)dirigir a los demás integrantes del Ministerio Público instrucciones por escrito de carácter particular o general, que son obligatorias, y dictar pautas generales que establezcan presidir el Ministerio Público y ejercer la facultad de superintendencia sobre sus integrantes;

3)para los fiscales de primera instancia, según las particularidades de cada circunscripción judicial, prioridades en materia de persecusión penal;

4)intervenir en todos los asuntos de gobierno de la Corte Suprema;

5)asistir, cuando lo estime conveniente y sin voto, a los acuerdos sobre cuestiones de gobierno de la Corte Suprema;

6)intervenir en los recursos de inconstitucionalidad, en la revisión y en las causas contencioso administrativas;

7)dictaminar en los conflictos de atribuciones entablados entre funcionarios del Poder Ejecutivo y magistrados o funcionarios del Poder Judicial;

8)proponer la aplicación de sanciones disciplinarias contra magistrados y personal del Poder Judicial y disponerlas respecto de los integrantes del Ministerio Público;

9)pedir pronto despacho a los jueces o cámaras de apelación en cualquier clase de asunto, por sí o por intermedio de los demás miembros del Ministerio Público, cuando ha vencido el término que la ley procesal fija para dictar sentencia definitiva o interlocutoria;

10)deducir, en su caso, la demanda que corresponda contra el juez moroso, de oficio o por denuncia del interesado;

11)disponer la actuación conjunta o alternativa de dos o más fiscales de igual jerarquía en un mismo proceso, cuando la importancia o complejidad del asunto lo justifique;

12)requerir de los secretarios informe acerca del estado de las causas no penales promovidas a instancia del Ministerio Público, a fin de controlar la actividad de éste;

13)establecer, sin perjuicio del orden de reemplazo previsto en esta Ley, la forma y sistema de suplencia de los fiscales y defensores generales de las Cámaras de Apelación, en caso de vacancia, licencia, ausencia o impedimento temporario.



Provincia de Santa Fe Artículo 131 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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