Ley orgánica de tribunales (Ley orgánica de tribunales) Provincia de Mendoza
Ley orgánica de tribunales Provincia de Mendoza
- Artículo 1. El Poder Judicial de la Provincia será ejercido por la Suprema Corte de...
- Artículo 2. Será además ejercido por Cámaras de Apelaciones, Jueces de la Primera...
- Artículo 3. Intervienen también en la administración de justicia, además del o de la...
- Artículo 4. La Suprema Corte de Justicia residirá en la capital de la Provincia y se...
- Artículo 5. Para ser miembro de la Suprema Corte se necesita llenar los requisitos...
- Artículo 6. Los miembros de la Suprema Corte de Justicia serán nombrados en la forma y...
- Artículo 7. A los efectos del artículo 137 de la Constitución de la Provincia, la...
- Artículo 8. Los miembros de la Suprema Corte de Justicia recibirán por sus servicios la...
- Artículo 9. Corresponde a la Suprema Corte de Justicia, en única instancia, conocer de...
- Artículo 10. Corresponde a la Suprema Corte de Justicia: a) conocer originaria y...
- Artículo 11. La Suprema Corte de Justicia no puede avocarse el conocimiento de las causas...
- Artículo 12. Contra las sentencias de la Suprema Corte no habrá otros recursos que los...
- Artículo 13. La Suprema Corte de Justicia ejercerá la Superintendencia de la...
- Artículo 14. La presidencia de la Suprema Corte será ejercida por la persona que nombre...
- Artículo 15. En caso de recusación o impedimento sara reemplazado por el vocal de mayor...
- Artículo 16. El/la Presidente/a de la Suprema Corte de Justicia, tiene las siguientes...
- Artículo 17. La Suprema Corte tendrá un secretario y los demás empleados que fije la ley...
- Artículo 18. NOTA DE REDACCION: Derogado por ley 1657.
- Artículo 19. NOTA DE REDACCION: Derogado por ley 1657.
- Artículo 20. En los casos de recusación o impedimento de los jueces de primera instancia,...
- Artículo 21. NOTA DE REDACCION: Derogado por ley 1657.
- Artículo 22. Toda vez que se haya hecho la integración en un tribunal de apelaciones y se...
- Artículo 23. Los conjueces que se nombren de la lista, percibirán por su trabajo los...
- Artículo 24. En caso de muerte, destitución, renuncia o licencia de alguno de los...
- Artículo 25. No podrán ser simultáneamente miembros del mismo tribunal, los parientes...
- Artículo 26. La Suprema Corte reglamentará lo referente al turno de las causas en los...
- Artículo 27. Habrá una o más Cámaras de Apelaciones en materia civil y minas y una o más...
- Artículo 28. Cada Cámara se compondrá de tres vocales.
- Artículo 29. Para ser miembro de las cámaras de apelaciones se requieren los requisitos...
- Artículo 30. Los miembros de las Cámaras de Apelaciones serán nombrados en la forma y por...
- Artículo 31. A los efectos del artículo 137 de la Constitución de la Provincia, cada...
- Artículo 32. Corresponde a las cámaras de apelaciones: *1.- (texto sustituido por...
- Artículo 33. Las cámaras de apelaciones en materia civil y minas, conocerán en grado de...
- Artículo 34. Las cámaras de apelaciones en materia comercial y criminal conocerán en...
- Artículo 35. Contra las sentencias de las cámaras de apelaciones no habrá recurso alguno,...
- Artículo 36. Cuando se entable el recurso de apelación que autoriza el artículo anterior,...
- Artículo 37. Corresponde al presidente de cada Cámara: 1. Llevar la correspondencia...
- Artículo 38. El Presidente de cada Cámara tiene obligación de reconvenir y de penar las...
- Artículo 39. Podrá también el Presidente de cada Cámara reprimir y castigar las faltas de...
- Artículo 40. Corresponde igualmente al Presidente de cada Cámara corregir y aplicar...
- Artículo 41. Al resolver las Cámaras en grado de apelacion procederán: 1o- a...
- Artículo 42. Las sentencias definitivas deberán ser resueltas por el tribunal íntegro, ya...
- Artículo 43. Las sentencias, autos o resoluciones interlocutorias podrán ser resueltas...
- Artículo 44. Los informes in voce pueden tener lugar ante el tribunal íntegro, o ante dos...
- Artículo 45. En todos los casos es facultativo de las Cámaras resolver con o sin dichos...
- Artículo 46. Habrá en la Provincia jueces de primera instancia en lo civil y minas,...
- Artículo 47. Los jueces de primera instancia ejercerán la jurisdicción que les acuerde...
- Artículo 48. En caso que por la ley de presupuesto anual se crearán juzgados de primera...
- Artículo 49. Para ser juez de primera instancia se requiere llenar los requisitos...
- Artículo 50. Los jueces de primera instancia serán nombrados en la forma y por el tiempo...
- Artículo 51. Antes de tomar posesión del cargo, prestarán juramento ante el presidente de...
- Artículo 52. A los efectos del artículo 137 de la Constitución de la Provincia, los...
- Artículo 53. Los Jueces de Primera Instancia tienen las siguientes atribuciones y...
- Artículo 54. Los jueces de primera instancia darán audiencia diariamente y podrán...
- Artículo 55. Cada juzgado, tanto en materia civil y minas como en materia...
- Artículo 56. Los juzgados en lo criminal y correccional tendra uno o más escribanos de...
- Artículo 57. Los escribanos de actuación pueden tomar declaraciones de testigos y...
- Artículo 58. Los jueces de primera instancia señalarán audiencias para declaraciones de...
- Artículo 59. Los jueces de primera instancia conocerán, también, en los siguientes...
- Artículo 60. Las resoluciones que se dicten, en grado de apelación, harán cosa juzgada.
- Artículo 61. Los jueces de primera instancia en lo civil y minería conocerán: 1. en...
- Artículo 62. Los jueces de comercio conocerán en primera instancia: 1. En todo...
- Artículo 63. Los jueces del crimen conocerán en todos los delitos cuyo conocimiento no...
- Artículo 64. Siempre que el juez correccional reconociera que una causa es de la...
- Artículo 65. Si la causa hubiera sido remitida de oficio por inhibición del juez...
- Artículo 66. Los jueces en lo correccional conocerán en los Delitos siguientes:...
- Artículo 67. Los jueces en lo correcional podrán también levantar sumarios de prevención...
- Artículo 68. La obligación del juez correccional a que se refiere el artículo anterior,...
- Artículo 69. La obligación del juez correccional a que se refiere el artículo anterior,...
- Artículo 70. El Ministerio público será desempeñado ante los tribunales de la Provincia...
- Artículo 71. Corresponde, en general, al ministerio publico en los civil, comercial y...
- Artículo 72. Corresponde, en general, al ministerio público en lo criminal y...
- Artículo 73. El Procurador General será nombrado por el tiempo y en la forma que...
- Artículo 74. Antes de ejercer el cargo prestará juramento ante el Presidente de la...
- Artículo 75. Para ser procurador de la Suprema Corte se necesita llenar los requisitos...
- Artículo 76. El Procurador de la Suprema Corte de Justicia es el jefe superior de los...
- Artículo 77. El fiscal de cámaras será nombrado por el término de tres años, por el Poder...
- Artículo 78. Antes de entrar en funciones prestará juramento ante el Presidente de la...
- Artículo 79. Para ser fiscal de cámaras se necesita llenar los requisitos exigidos para...
- Artículo 80. Corresponde al fiscal de cámaras: 1. Representar y defender la acción...
- Artículo 81. El ministerio público será ejercido en primera instancia por agentes...
- Artículo 82. Antes de entrar en funciones prestarán juramento ante el Presidente de la...
- Artículo 83. Para ser agente fiscal se necesita: 1. Ser mayor de edad y no tener más...
- Artículo 84. Corresponde a los agentes fiscales: 1. Ejercer la acción pública en las...
- Artículo 85. El Ministerio Público de Menores será desempeñado en la Provincia por...
- Artículo 86. Para ser defensor de menores o incapaces se necesita ser ciudadano...
- Artículo 87. Será nombrado directamente por el Poder Ejecutivo y gozará del sueldo que le...
- Artículo 88. El Defensor de Menores e incapaces tendrá las siguientes atribuciones:...
- Artículo 89. Las disposiciones procedentes son también aplicables a la guarda y...
- Artículo 90. El defensor de menores puede llamar y hacer comparecer a su presencia a...
- Artículo 91. En el ejercicio de su ministerio puede también dirigirse a cualquiera...
- Artículo 92. El defensor puede proceder de propia autoridad y extrajudicialmente en la...
- Artículo 93. El defensor pedirá dictamente verbal o escrito y consultará a su asesor...
- Artículo 94. El defensor no tendrá intervención en los asuntos judiciales en que se trate...
- Artículo 95. El defensor de menores e incapaces pasará cada tres meses al Procurador...
- Artículo 96. El Defensor de Menores llevará un libro especial donde se anote las...
- Artículo 97. Para ser asesor de menores e incapaces se requieren las mismas condiciones...
- Artículo 98. El asesor de menores e incapaces será nombrado por el Poder Ejecutivo, con...
- Artículo 99. Corresponde a los asesores de menores e incapaces: 1. a) intervenir en...
- Artículo 100. Para ser defensor de pobres y ausentes se requieren las mismas condiciones...
- Artículo 101. Habrá uno o más defensores de pobres y ausentes que serán nombrados por el...
- Artículo 101 bis. Para ser querellante particular oficial se requieren las mismas condiciones...
- Artículo 102. El defensor de pobres y ausentes tendrá las siguientes obligaciones: 1....
- Artículo 103. En el caso del inciso 2 del artículo anterior, la sustitución del defensor...
- Artículo 104. Cuando el defensor de pobres y ausentes no hubiere presentado las pruebas de...
- Artículo 105. Al defensor de pobres y ausentes se le descontará de su sueldo, el honorario...
- Artículo 105 bis. Todas las providencias dictadas por los jueces o tribunales de la Provincia...
- Artículo 105 ter. Los querellantes particulares oficiales tendrán las siguientes obligaciones:...
- Artículo 105 quater. Todas las providencias dictadas por los jueces o tribunales de la Provincia...
- Artículo 106. La justicia de paz será administrada en la Provincia por los jueces de paz y...
- Artículo 107. El nombramiento de los jueces de paz y suplentes, se hará por el término de...
- Artículo 108. Para ser juez de paz titular o suplente se requiere ser ciudadano argentino,...
- Artículo 109. Los jueces de paz titulares y suplentes, serán nombrados de la siguiente...
- Artículo 110. Si la municipalidad no mandará las ternas de candidatos en el plazo fijado...
- Artículo 111. En los lugares donde no hubiere municipalidades, los jueces de paz titulares...
- Artículo 112. Los jueces de paz titulares y suplentes no pueden desempeÑar ningún otro...
- Artículo 113. Los jueces de paz gozarán del sueldo que les asigne el presupuesto municipal...
- Artículo 114. Antes de entrar a ejercer sus funciones, los jueces de paz titulares y...
- Artículo 115. Los jueees de paz titulares y suplentes, una vez prestado el juramento,...
- Artículo 116. Nota de Redacción (Artículo derogado implícitamente por ley N. 5094 T.O,...
- Artículo 117. Cuando se trate de herencias, o cuando el heredero sea desconocido, o esté...
- Artículo 118. En ningún caso será atribución de los jueces de paz, conocer en los juicios...
- Artículo 119. Los jueces de paz llevarán un libro de sentencias cuyos folios serán...
- Artículo 120. Los jueces de paz que cometieren faltas contra la autoridad de los jueces...
- Artículo 120 bis. Corresponde a la cámara de paz letrada conocer: 1 - de los recursos que...
- Artículo 121. Nota de Redacción Derogado DLE 1869/58.
- Artículo 122. Nota de Redacción (Derogado D.L. 1869/58, art. 2)
- Artículo 123. Nota de Redacción (Derogado D.L. 1869/58, art. 2)
- Artículo 124. Nota de Redacción (Derogado D.L. 1869/58, art. 2)
- Artículo 125. Nota de Redacción (Derogado D.L. 1869/58, art. 2)
- Artículo 126. Nota de Redacción (Derogado D.L. 1869/58, art. 2)
- Artículo 127. Nota de Redacción: (derogado por el d.l. 3029/57, derogado a su vez por la...
- Artículo 128. Nota de Redacción: (derogado por el d.l. 3029/57, derogado a su vez por la...
- Artículo 129. Nota de Redacción: (derogado por el DLE 3029/57. derogado a su vez por...
- Artículo 130. Nota de Redacción: (derogado por el d.l. 3029/57, derogado a su vez...
- Artículo 131. Nota de Redacción: (derogado por el d.l. 3029/57, derogado a su vez...
- Artículo 132. Nota de Redacción: (derogado por el d.l. 3029/57, derogado a su vez...
- Artículo 133. Para ser secretario de un juzgado o tribunal, se requiere el título de...
- Artículo 134. Los secretarios serán nombrados por la Suprema Corte, a propuesta de juez o...
- Artículo 135. Los secretarios antes de tomar posesión de su cargo, prestarán una fianza...
- Artículo 136. Los secretarios son jefes de oficina y los auxiliares y demás empleados...
- Artículo 137. Los secretarios se regirán por las leyes generales y los acuerdos de la...
- Artículo 138. Los secretarios llevarán un libro en el que extenderán los recibos de los...
- Artículo 139. Llevarán un libro en que anotarán los apercibimientos, multas y demás penas...
- Artículo 140. Los secretarios en lo criminal llevarán un libro en que asienten los nombres...
- Artículo 141. Llevarán a las visitas de cárcel o entregarán al secretario de la Suprema...
- Artículo 142. Los secretarios tiene además los siguientes deberes: 1. Ordenar la...
- Artículo 143. Si los interesados, por no encontrar al secretario de la causa, presentaren...
- Artículo 144. Es prohibido a los secretarios: 1. Ejercer las funciones de notario....
- Artículo 145. Los secretarios y todos los demás empleados de la administración de justicia...
- Artículo 146. Queda absolutamente prohibido, bajo pena de destitución, a los escribanos...
- Artículo 147. Toda omisión en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas...
- Artículo 148. Los secretarios se reemplazarán entre si, ya sea con los del mismo juzgado o...
- Artículo 149. Habrá dos o más oficiales de justicia, uno o más para los juzgados civiles y...
- Artículo 150. Para ser oficial de justicia se necesitan los requisitos exigidos para ser...
- Artículo 151. El oficial de justicia es el encargado de ejecutar las órdenes escritas del...
- Artículo 152. Nota de redacción: derogado por DLE 6352/56.
- Artículo 153. Los receptores serán nombrados por la Suprema Corte, a propuesta del juez o...
- Artículo 154. El oficial primero tendrá a su cargo la atención inmediata del público y...
- Artículo 155. Nota de redaccion: derogado en su totalidad por ley 4.976, art. 122 - ver...
- Artículo 156. Nota de redaccion: derogado en su totalidad por ley 4.976, art. 122 - ver...
- Artículo 157. Nota de redaccion: derogado en su totalidad por ley 4.976, art. 122 - ver...
- Artículo 158. Nota de redaccion: derogado en su totalidad por ley 4.976, art. 122 - ver...
- Artículo 159. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 160. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 161. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 162. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 163. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 164. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 165. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 166. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 167. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 168. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 169. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 170. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 171. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 172. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 173. DEROGADO POR LEY 4976.
- Artículo 174. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 175. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 176. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 177. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 178. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 179. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 180. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 181. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 182. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 183. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 184. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 185. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 186. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 187. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 188. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 189. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 190. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 191. Nota de Redacción: derogado por ley 4976.
- Artículo 192. El servicio médico de los tribunales será desempeñado por el médico del...
- Artículo 193. El médico de tribunales será reemplazado por el que designe la dirección de...
- Artículo 194. Los jueces pueden nombrar de oficio para exámenes periciales a uno o más...
- Artículo 195. Si el juez o tribunal los nombrase a petición de parte, serán acreedores a...
- Artículo 196. Los honorarios médicos serán regulados por el juez, previo informe de la...
- Artículo 197. Toda persona que ejerza una profesión u oficio y cuyo informe formal sea...
- Artículo 198. Se consideran peritos, a los efectos del artículo anterior, todos los que...
- Artículo 199. Las profesiones de escribano de registro, perito contador, perito agrimensor...
- Artículo 200. Se consideran ingenieros y agrimensores: 1. los que tengan título de...
- Artículo 201. En el desempeÑo de su misión, deben ajustarse a las instrucciones emanadas...
- Artículo 202. Los trabajos o planos que se presenten en los juicios deben ser previamente...
- Artículo 203. Los honorarios de los peritos agrimensores serán regulados por el juez,...
- Artículo 204. Los peritos agrimensores podrán hacer contratos sobre el valor de los...
- Artículo 205. Si el trabajo encomendado a los peritos agrimensores fuera rechazado por la...
- Artículo 206. Tanto en el caso anterior, como cuando haya demora injustificada en la...
- Artículo 207. Los peritos agrimensores no podrán intervenir en los juicios sucesorios...
- Artículo 208. Los peritos agrimensores no podrán intervenir en los juicios cuando las...
- Artículo 209. Una vez nombrado el perito por el juez, solo cesa en su misión por alguna de...
- Artículo 210. El Poder Ejecutivo, por intermedio de la dirección general de obras...
- Artículo 211. Para ejercer la misión de perito contador, se requieren las siguientes...
- Artículo 212. Derogado por ley no 735, art. 29
- Artículo 213. Antes de ejercer la profesión, los peritos contadores serán matriculados...
- Artículo 214. Los peritos contadores no podrán efectuar divisiones ni valuos de inmuebles....
- Artículo 215. Los peritos contadores pueden hacer contratos sobre el valor de los...
- Artículo 216. El valor de los honorarios se fijará según la tabla de la sección aranceles.
- Artículo 217. Podrá desempeÑar el cargo de traductor público la persona que tuviera...
- Artículo 218. La Suprema Corte, para recibir este examen de competencia, podrá completar...
- Artículo 219. Los honorarios de los traductores públicos serán regulados por los jueces.
- Artículo 220. Los martilleros o rematadores públicos, además de llenar los requisitos que...
- Artículo 221. Al solicitar su inscripción como martilleros públicos ante la Suprema Corte...
- Artículo 222. Ninguna persona que sea martillero público y que no haya llenado los...
- Artículo 223. Efectuado el remate, la comision del martillero sera exclusivamente a cargo...
- Artículo 224. Es prohibido a los martilleros cobrar la comisión antes de ser aprobado el...
- Artículo 225. Cuando el remate no tenga lugar por falta de postores o cuando se anule o se...
- Artículo 226. Cuando el remate no tenga lugar, sea por falta de postores o porque se...
- Artículo 227. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 228. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 229. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 230. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 231. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 232. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 233. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 234. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 235. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 236. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 237. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 238. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 239. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 240. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 241. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 242. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 243. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 244. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 245. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 246. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 247. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 248. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 249. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 250. Derogado por DLE 3029/57.
- Artículo 251. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 252. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 253. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 254. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 255. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 256. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 257. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 258. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 259. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 260. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 261. Derogado por DLE 3029/59.
- Artículo 262. Derogado por LEY 6393. (ver ley 6393 unifica regimen de designacion del...
- Artículo 263. La Dirección del Registro Público se dividira en las siguientes secciones:...
- Artículo 264. Sin perjuicio de las disposiciones consignadas en el Código Civil respecto a...
- Artículo 265. En esta oficina se inscribirán: 1.- Los títulos traslativos de...
- Artículo 265 bis. Anexo al registro de la propiedad, créase un registro de promesas de venta,...
- Artículo 266. Para que puedan ser inscriptos los títulos expresados en el artículo...
- Artículo 267. La inscripción se hará en el libro correspondiente del departamento en cuya...
- Artículo 268. Cuando un inmueble que aparece formando un solo cuerpo se extiende de un...
- Artículo 269. Cuando un inmueble anotado como de un solo dueño se divide materialmente...
- Artículo 270. Los asientos relativos a cada inmueble se numerarán y serán firmados por el...
- Artículo 271. El que tenga sobre un inmueble un derecho real que no sea el de hipoteca y...
- Artículo 272. Toda inscripción deberá contener, bajo pena de nulidad, las circunstancias...
- Artículo 273. En la inscripción de los contratos en que haya mediado precio o entrega de...
- Artículo 274. Si la inscripción fuese de traslación de dominio, expresará si ésta se ha...
- Artículo 275. Las inscripciones de servidumbres se harán constar: 1. En la...
- Artículo 276. El cumplimiento de las condiciones resolutorias o rescisorias de los actos...
- Artículo 277. Inscripto en el registro cualquier título traslativo de los inmuebles, no...
- Artículo 278. Las inscripciones en el registro de la propiedad, servirán de títulos...
- Artículo 279. Las escrituras públicas de actos o contratos que deban inscribirse,...
- Artículo 280. Los actos y contratos a que se refiere el presente título, solo tendrán...
- Artículo 281. Derogado por decreto ley 3029/57.
- Artículo 282. Para determinar la preferencia entre dos o más inscripciones de la misma...
- Artículo 283. Se considera como fecha de la inscripción para todo los efectos que esta...
- Artículo 284. Las incripciones de los títulos a que se refiere esta ley, serán nulas...
- Artículo 285. La inscripción en el registro no revalida los actos o contratos que sean...
- Artículo 286. Ninguna inscripción en el registro no revalida los actos o contratos que...
- Artículo 287. Los notarios, después de extender una escritura presentarán la primera copia...
- Artículo 288. El Registro de Propiedad, será llevado en la misma forma que los protocolos...
- Artículo 289. Los jueces, tribunales, o cualquier autoriad pública de la Provincia, no...
- Artículo 290. El director y subdirector son responsables de los perjuicios que causaren...
- Artículo 291. El subdirector reemplaza al director general en los casos de muerte,...
- Artículo 292. Podrán pedir anotaciones preventivas de sus respectivos derechos: *1....
- Artículo 293. No podrá hacerse anotación preventiva sino por mandato judicial La...
- Artículo 294. Serán faltas subsanables en los títulos presentados a inscripción, para el...
- Artículo 295. En todos los casos de anotación preventiva, podrá exigir el interesado que...
- Artículo 296. Cuando la anotación preventiva de un derecho se convierte en inscripción...
- Artículo 297. Las anotaciones preventivas, comprenderán las circunstancias que exigen para...
- Artículo 298. Las anotaciones preventivas se harán en el mismo libro en que corresponderia...
- Artículo 299. Las inscripciones no extinguen en cuanto a terceros, sino por su cancelación...
- Artículo 300. La cancelación de las inscripciones y anotaciones preventivas podrá ser...
- Artículo 301. Podrá pedirse y deberá decretarse, en su caso, la cancelación parcial:...
- Artículo 302. La ampliación de cualquier derecho inscripto será objeto de una nueva...
- Artículo 303. Las inscripciones o anotaciones preventivas no se cancelaran sino mediante...
- Artículo 304. La anotación preventiva se cancelará cuando se convierta en inscripción...
- Artículo 305. La cancelación de toda inscripción contendrá precisamente las circunstancias...
- Artículo 306. Será nula la cancelación: 1. Cuando no de claramente a conocer la...
- Artículo 307. El registro de hipotecas, embargos e inhibiciones estará a cargo de un...
- Artículo 308. Se inscribirán en la sección de hipotecas los títulos que constituyan,...
- Artículo 309. Se inscribirán en la sección de inhibiciones y embargos: 1. Las...
- Artículo 310. El litigante que se proponga oponer a terceros adquirentes, que no sean...
- Artículo 311. Los actos inscriptos se presumen conocidos por terceros
- Artículo 312. La inscripción podrá ser solicitada: 1. por el que trasmita el derecho....
- Artículo 313. Las inscripciones hipotecarias expresarán en todo caso el importe y plazo de...
- Artículo 314. Al pie o al margen del documento registrado se hara constar por el escribano...
- Artículo 315. El director general tendrá facultad para cancelar toda hipoteca que tenga...
- Artículo 316. Los jueces comunicarán a la dirección de registros públicos las sentencias...
- Artículo 317. Cada uno de los encargados o jefes de los registros llevará libros índices,...
- Artículo 318. Los libros índices por orden alfabético serán tantos como departamentos...
- Artículo 319. Cada encargado de registro llevará además un libro llamado diario, en que se...
- Artículo 320. Los asientos del diario se numerarán correlativamente, en el acto de...
- Artículo 321. Cuando se extienda la inscripción en el libro correspondiente, se pondrá...
- Artículo 322. Los libros de los registros no se sacarán de la oficina sino en casos de...
- Artículo 323. El encargado de cada registro, por intermedio del director general,...
- Artículo 324. Los encargados de los registros formarán anualmente un estado de la...
- Artículo 325. El Registro será público para el que tenga interés justificado en averiguar...
- Artículo 326. Podrán expedirse certificados: 1. de los asientos de todas clases que...
- Artículo 327. La libertad o gravamen de los bienes inmuebles o de los derechos reales,...
- Artículo 328. No se expedirán certificados sino por mandamiento judicial, con citación de...
- Artículo 329. Los mandamientos de los jueces expresarán con toda claridad: 1. La...
- Artículo 330. Las certificaciones se darán de los asientos del registro de la propiedad y...
- Artículo 331. Cuando se ordenare dar certificación de una inscripción seÑalada y estuviese...
- Artículo 332. El registro de comercio será llevado de conformidad a lo dispuesto en el...
- Artículo 333. Todo acto público o privado anterior o posterior a la sanción de esta ley,...
- Artículo 334. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 184 del...
- Artículo 335. Los actos serán transcriptos íntegramente en el registro, excepción hecha de...
- Artículo 336. El encargado de registros de mandatos deberá, en el documento original que...
- Artículo 337. Si el documento de poder fuera privado tendrá que ser reconocido por el...
- Artículo 338. El tercero que deba celebrar actos con personas que procedan en virtud de...
- Artículo 339. Por los actos que se anoten, se pagará un impuesto que determinará la ley de...
- Artículo 340. La sección informes estará encargada de atender y expedir todos los informes...
- Artículo 341. El jefe de esta sección y sus empleados, estarán obligados a guardar la más...
- Artículo 342. Deberá cuidarse muy especialmente de no hacer uso de preferencias, ni de...
- Artículo 343. Los informes siempre se darán por escrito y no será atendido un pedido de...
- Artículo 344. Los informes deberán ser suscriptos por el jefe de sección y el director o...
- Artículo 345. En el archivo judicial se depositarán: 1. Los protocolos de los...
- Artículo 346. Los jueces y tribunales dispondrán de oficio el archivo de los expedientes...
- Artículo 347. Anualmente cada juzgado o tribunal remitirá al archivo judicial los...
- Artículo 348. La planilla se confeccionará por triplicado debiendo los ejemplares ser...
- Artículo 349. Los protocolos y expedientes archivados solo podrán ser consultados por los...
- Artículo 350. Los jueces y tribunales podrán ordenar que se expidan copias de escrituras o...
- Artículo 351. Serán destruidos todos los expedientes judiciales e instrumentos que se...
- Artículo 352. Deberá procederse a la destrucción de los expedientes judiciales en las...
- Artículo 353. No podrán ser destruidos total o parcialmente los libros de entradas de los...
- Artículo 354. Facúltase a la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia, Sala III,...
- Artículo 355. El personal de la comisión encargada de la destrucción de expedientes...
- Artículo 356. De los expedientes a destruirse se hará una nómina, clasificándolos por...
- Artículo 357. Derogado por ley 3898, art. 2o inc. g
- Artículo 358. La Suprema Corte de Justicia licitará la venta de los expedientes...
- Artículo 359. Cuando hubiere constancia de que se hubieren hecho depósitos de dinero en...
- Artículo 360. La sección archivo judicial estará a cargo de un jefe que suscribirá con el...
- Artículo 361. Los expedientes judiciales podrán ser recibidos en el archivo sin efectuarse...
- Artículo 362. Los protocolares podrán archivarse aún sin la reposición correspondiente....
- Artículo 363. La comisión creada por el art. 352 de esta ley, podrá disponer también la...
- Artículo 364. Esta sección tendrá a su cargo la tarea de reunir y catalogar todos los...
- Artículo 365. Deberá ser la preocupación constante del personal de esta sección, la...
- Artículo 366. El Director General, dispondrá sobre el mejor medio de llevar una...
- Artículo 367. El cobro de derechos se hará por las distintas secciones, o como lo disponga...
- Artículo 368. Sustitucion implicita por ley 5053 t.o. de aranceles notariales ver ademas...
- Artículo 369. Sustitucion implicita por ley 3043 t.o., estatuto del martillero publico....
- Artículo 370. Sustitucion implicita por ley 3043 t.o., estatuto del martillero publico....
- Artículo 371. Sustitucion implicita por ley 3043 t.o., estatuto del martillero publico....
- Artículo 372. Derogado por ley 1217, art. 8. (nota de redaccion: sobre este tema ver...
- Artículo 373. Derogado por ley 1217, art. 8 (nota de redaccion: sobre este tema ver...
- Artículo 374. Sustitucion implicita por ley 3522 de aranceles para profesionales en...
- Artículo 375. Los jueces regularán los honorarios de los depositarios con el diez por...
- Artículo 376. Derogado por ley 6393, art.3 (nota de redaccion: ver ademas ley 6393...
- Artículo 377. La Suprema Corte, hará igualmente los nombramientos de todos los empleados...
- Artículo 378. Queda agregado a esta ley como disposición de la misma hasta que se...
- Artículo 379. Queda incorporado a la ley de procedimientos criminales, el procedimiento...
- Artículo 380. Queda modificado el procedimiento de la justicia de paz en los asuntos cuya...
- Artículo 381. La Suprema Corte cumplirá estrictamente con lo dispuesto en la segunda parte...
- Artículo 382. Los jueces de paz una vez nombrados deberán ponerse en las condiciones del...
- Artículo 383. Queda siempre suprimido el recurso de inaplicabilidad de ley o de doctrina...
- Artículo 384. Esta ley empezará a regir desde el día siguiente de su promulgación.
- Artículo 385. Quedan derogadas todas las disposiciones de otras leyes que se opongan a la...
Otras regulaciones
Transfiere un inmueble a título de donación con cargo, al dominio privado de la municipalidad de San Martín Donación de un inmueble a la Dirección General de Escuelas Créase la subdirección de control de eventos y locales de esparcimiento Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir, a título de donación un inmueble a la Dirección General de Escuelas Creación del Banco de Vinos ProvincialMejores juristas





Hola. Esto parece más una denuncia que otra cosa.
El ámbito para hacerlo es la AFIP .
buenas noches quien son los encargado de controlar las fundaciones que trabaja sin personeria juridica con ingresos desconocidos que no estan controlado por ningun fisco conozco una "fundacion carlos cabrera" de la localidad de hipolito yrigoyen provincia de salta que comenzo a trabajar en octubre del año 2021 con bastantes ingresos monetario que se desconoce su procedencia y no tiene cuenta bancaria recien en abril del 2023 saca la personeria juridica pero los 2 años que trabajo no es controlado ni por afip. Puden ver por facebook lo que digo como le daba solucion y gastos en festejos a mano llena sin presentar en ningun lado los ingresos y egresos de dinero que maneja dicha fundacion. esto no es normal que trabaje sin ninguna inspeccion provincial y nacional.existe comentario en la localidad que dicha presidenta de la fundacion estaria lavando dinero.a empresario que no pagan impuestos. ¿es normal esto? que no tenga ningun tipo de inspeccion.
Perdon no entiendo porque si estoy buscando se me entregue el dinero en la cta de mi marido fallec. El 31/12/22. Y la suc.Abierta por la herm. En la cual me agrego, se dilata el proceso, sabiendo que mi solicitud tiene plazo????es asi??Puedo tener ahora una respuesta por esta via??
Buenas tardes, necesito saber si en la cuenta bancaria de la persona fallecida puedo tener accso ??Tenia 37 años de convi.Todo documentado. Cual seria el impedimento ??Muchas gracias
soy de la pcia de Córdoba y la multa es de la Pcia de Jujuy, donde hago el descargo ?
gracias
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