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Ley orgánica de tribunales Artículo 118 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley orgánica de tribunales Mendoza
Artículo 118.

En ningún caso será atribución de los jueces de paz, conocer en los juicios sobre sucesiones vacantes o cuando los herederos sean desconocidos o estén ausentes; cuando se trate de autorizar documentos públicos, a no ser en los casos del artículo 116, inciso 5, protocolizar documentos públicos o abrir los testamentos cerrados. No pueden tampoco intervenir en las causas de filiación, matrimoniales, juicios de mensura o deslinde, nombramientos de turores, curadores y demás actos de jurisdicción voluntaria, no debiendo considerarse excluída de su jurisdicción la facultad de nombrar tutores y fiscales en los asuntos de competencia ni la de colocación provisoria de los menores abandonados, con cargo de dar cuenta inmediatamente, en este caso, al defensor de menores.



Provincia de Mendoza Artículo 118 Ley orgánica de tribunales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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