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Ley orgánica de tribunales Artículo 265 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley orgánica de tribunales Mendoza
Artículo 265.

En esta oficina se inscribirán:

1.- Los títulos traslativos de inmuebles o derechos reales impuestos sobre los mismos.

2.- Los títulos en que se constituya, reconozcan, modifiquen o extingan derechos reales.

3.- Los actos o contratos en cuya virtud se adjudiquen bienes inmuebles o derechos reales, aunque sea con la obligación por parte del adjudicatario de transmitirlo a otro, o invertir su importe en objetos determinados.

4.- Las sentencias ejecutoriadas que por herencia, prescripción u otras causas, reconocieren adquirido el dominio o cualquier otro derecho real sobre inmuebles.

5.- Los contratos de arrendamientos de bienes raíces por tiempo determinado, que excedan de un aÑo.

6.- Las inscripciones de inmuebles que se acojan a la ley del hogar 10.284



Provincia de Mendoza Artículo 265 Ley orgánica de tribunales
Artículo 1 ...263 264 265 265 bis 266 ...385

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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