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Ley orgánica de tribunales Artículo 293 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/04/2026

Ley orgánica de tribunales Mendoza
Artículo 293.

No podrá hacerse anotación preventiva sino por mandato judicial

La dirección de registros públicos inmobiliarios y archivo judicial de la Provincia, a petición e las partes interesadas, podrá practicar en un registro especial que se abrirá al efecto, anotaciones preventivas relacionadas con operaciones de anticipos de préstamos con garantía hipotecaria acordados por instituciones bancarias y al solo efecto de conocimiento por terceros. Esta anotación caducará:

a) por el transcurso de cuarenta y cinco días contados desde la inscripción, pudiendo renovarse por igual término cuantas veces sea necesario;

b) por el pago del anticipo y sus intereses y gastos que comunicare el acredor por oficio directo o que comprobara el deudor; y

c) por la inscripción de la escritura pública de la hipoteca que garantice el crédito total.



Provincia de Mendoza Artículo 293 Ley orgánica de tribunales LEY 552, 5 de Diciembre de 1910
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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


Email: [email protected]

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consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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