Imprimir

Ley orgánica de tribunales Artículo 76 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley orgánica de tribunales Mendoza
Artículo 76.

El Procurador de la Suprema Corte de Justicia es el jefe superior de los funcionarios que desempe\an el ministero público ante los tribunales y juzgados de la Provincia, y le corresponde:

1. Representar al ministerio público ante la Suprema Corte de Justicia.

2. Intervenir en todas las causas originarias de la Suprema Corte.

3. Ccuidar de que los encargados de ejercer el ministerio público promueven las gestiones que les correspondan y desempeñen, activa y fielmente, los demás deberes de su cargo.

4. Resolver en las quejas que ante el se promuevan por la inacción o retardo de despacho de los representantes del ministerio público, pudiendo incitarlos al cumplimiento de su deber, fijarles término para su expedición, a percibirlos y aún solicitar su destitución de quien corresponda.

5. Las mismas facultades y atribuciones tendrá sobre los asesores de menores e incapaces, defensores de pobres y ausentes, y querellantes particulares oficiales, y en estos casos, como en los que menciona el inciso anterior, habrá el recurso de apelación para ante la Suprema Corte.

6. Asistir a los acuerdos de la Suprema Corte, cuando fuere invitado y asesorar a ésta en todos los asuntos que le fueren consultados.

7. Cuidar de la recta y pronta administración de justicia, denunciando los abusos y malas prácticas que notare.

8. Proponer a la Suprema Corte de Justicia las medidas que crea convenientes para la mejor marcha de la administración de justicia.

9. Velar por las leyes, decretos y reglamentos y demás disposiciones que deben aplicar los tribunales, pidiendo el remedio de los abusos que notare.



Provincia de Mendoza Artículo 76 Ley orgánica de tribunales
Artículo 1 ...74 75 76 77 78 ...385

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse