Ley impositiva año 2018 (Ley impositiva año 2018) Provincia de San Juan
Ley impositiva año 2018 Provincia de San Juan
- Artículo 1. La determinación, liquidación y percepción de las obligaciones fiscales...
- Artículo 2. Todos los actos, contratos y operaciones que no tengan otro tratamiento en...
- Artículo 3. Los actos, contratos y operaciones que se mencionan a continuación se...
- Artículo 4. Por cada uno de los actos, contratos y operaciones comprendidos en la...
- Artículo 5. Se gravarán con los impuestos fijos que se indican a continuación, los...
- Artículo 6. En todos los actos, contratos y operaciones comprendidas en este Capítulo,...
- Artículo 7. No se hará efectivo el pago del impuesto de sellos cuando se trate de...
- Artículo 8. Las causas o litigios que se inician ante la administración de justicia y...
- Artículo 9. Se gravará con un impuesto fijo de Setenta y Nueve Unidades Tributarias (79...
- Artículo 10. Por cada una de las actuaciones judiciales comprendidas en la Sección I de...
- Artículo 11. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 del Código Tributario, por...
- Artículo 12. Por los servicios que preste el Registro General Inmobiliario y Archivo de...
- Artículo 13. Para la aplicación de las normas del Inciso D) del Artículo anterior, se...
- Artículo 14. Se pagará una sobretasa, de nueve Unidades Tributarias (U.T. 9), por cada...
- Artículo 15. Por el servicio de inspección que presta la Inspección General de Personas...
- Artículo 16. Se pagará una tasa de: Inciso A) Mil Quinientas Unidades Tributarias...
- Artículo 17. Por los servicios que se indican a continuación se pagarán las siguientes...
- Artículo 18. Además del viático que pueda corresponder al Personal Técnico en cuestiones...
- Artículo 19. Inciso A) Por los servicios que se indican a continuación, se pagará la tasa...
- Artículo 20. Se pagará una tasa Fija por los siguientes servicios que presta la Dirección...
- Artículo 21. A los efectos de lo dispuesto por el Título Decimosexto del Código...
- Artículo 22. A los efectos establecidos en el Artículo 10 del Decreto Ley Nº 136-A,...
- Artículo 23. Se pagará: Inciso A) Cinco Unidades Tributarias (U.T. 5). 1)Por...
- Artículo 24. Por los servicios que preste la Policía de San Juan, se pagarán las...
- Artículo 25. Por el otorgamiento del derecho de uso de los lagos y diques se pagará por...
- Artículo 26. Fíjase, en concepto de Canon y Tasas Retributivas de los Servicios Hídricos...
- Artículo 27. Se pagarán en equivalente en unidades tributarias las siguientes Tasas...
- Artículo 28. Se pagarán los siguientes aranceles regidos mediante Ley Nº 285-L y Ley...
- Artículo 28 bis. Se pagarán los siguientes importes en concepto de venta de forestales de...
- Artículo 29. Se pagarán los siguientes aranceles por autorizaciones relacionadas con...
- Artículo 29 bis. Pagarán las siguientes tasas y aranceles las Personas Físicas o Jurídicas...
- Artículo 29 ter. 1)Se pagarán los siguientes aranceles por el vertido de residuos sólidos en...
- Artículo 29 quater. Se pagarán los siguientes aranceles en concepto de copias de producciones de...
- Artículo 30. Por los servicios del Registro de Marcas y Señales, se pagarán las...
- Artículo 31. Las tasas y aranceles que se apliquen en el ámbito del Ministerio de Salud...
- Artículo 32. Se pagará: Inciso A) Cuatro Unidades Tributarias (U.T. 4). 1)La...
- Artículo 33. Suspéndase la aplicación mientras dure la vigencia de esta ley, del Título...
- Artículo 34. Los certificados que emitan loterías de otras jurisdicciones y que estén...
- Artículo 35. Fíjase en el diez por ciento (10 %) la alícuota a la que se refiere el...
- Artículo 36. Las multas a que se refiere el Artículo 49 del Código Tributario, serán...
- Artículo 37. Las multas a que se refiere el Artículo 262 del Código Tributario, serán...
- Artículo 38. Las multas a que se refiere el Artículo 384 del Código Tributario serán...
- Artículo 39. Fíjase en Doscientas Cincuenta Unidades Tributarias (U.T. 250) la multa a...
- Artículo 40. Fíjase en Doscientas Cincuenta Unidades Tributarias (U.T. 250) la multa a...
- Artículo 41. Fíjase en Doscientas Cincuenta Unidades Tributarias (U.T. 250) por cada...
- Artículo 42. Fíjase en Doscientas Cincuenta Unidades Tributarias (U.T. 250) la multa a...
- Artículo 43. Fíjase en Doscientas Cincuenta Unidades Tributarias (U.T. 250) la multa a...
- Artículo 44. Las multas a que se refiere el Artículo 262 del Código Tributario, serán...
- Artículo 45. Fíjase en Quinientas Unidades Tributarias (U.T. 500) la multa a la que hace...
- Artículo 46. Las multas a que se refiere el Artículo 286 del Código Tributario, serán de...
- Artículo 47. Establécese una alícuota general del tres por ciento (3%) para todas...
- Artículo 48. Establécese una alícuota del cero con ochenta y tres centésimos por ciento...
- Artículo 49. Para la actividad de transporte colectivo de personas realizada por las...
- Artículo 50. Para la actividad de transporte jurisdiccional e interjurisdiccional de...
- Artículo 51. En la actividad de producción primaria, desarrollada por contribuyentes que...
- Artículo 52. Establécese una alícuota del tres por ciento (3%) para las siguientes...
- Artículo 53. Establécense para las actividades que se detallan a continuación, las...
- Artículo 54. Establécese una alícuota del 2% para la siguiente actividad: Inciso 1)...
- Artículo 55. Establécese una alícuota del 4% para las siguientes actividades: Inciso...
- Artículo 56. Establécese una alícuota del 5% para las siguientes actividades: Inciso...
- Artículo 57. Establécese una alícuota del 10% para las siguientes actividades:...
- Artículo 58. Establécense para las siguientes actividades, las alícuotas que a...
- Artículo 59. El impuesto mínimo a pagar en cada declaración jurada mensual será de...
- Artículo 60. Fíjanse los siguientes impuestos mínimos mensuales: Inciso 1) Dos Mil...
- Artículo 61. Por la actividad de servicio de albergue por hora se pagará mensualmente el...
- Artículo 62. Establécese que el tipo de interés que se menciona en el Artículo 124,...
- Artículo 63. Los importes mínimos anuales establecidos en la presente ley, serán de...
- Artículo 64. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Secretaría de...
- Artículo 65. La determinación, liquidación y percepción del Impuesto Inmobiliario...
- Artículo 66. Para la liquidación del Impuesto Inmobiliario se aplicarán las alícuotas de...
- Artículo 67. El impuesto mínimo anual a tributar será de Pesos Cuatrocientos veinte...
- Artículo 68. El impuesto deberá ser pagado en una o varias cuotas, en las condiciones y...
- Artículo 69. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Secretaría de...
- Artículo 70. El impuesto a tributar, correspondiente al Año Fiscal 2018, será el que...
- Artículo 71. Las escalas básicas a aplicar, para los vehículos categorizables, son las...
- Artículo 72. En los vehículos no comprendidos en los Anexos I a II del artículo anterior...
- Artículo 73. Para el caso de casas rodantes autopropulsadas, estas tributarán el impuesto...
- Artículo 74. El impuesto deberá ser pagado en una o varias cuotas, en las condiciones y...
- Artículo 75. Facúltase a la Dirección General de Rentas para que fije los procedimientos,...
- Artículo 76. No tributarán este impuesto los automotores cuyos modelos correspondan a...
- Artículo 77. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Secretaría de...
- Artículo 78. Facúltase a la Dirección General de Rentas a efectuar un reempadronamiento...
- Artículo 79. El impuesto mínimo anual a tributar será de Pesos Ciento Sesenta ($160),...
- Artículo 80. La Dirección General de Rentas podrá mediante Resolución fundada, aplicar el...
- Artículo 81. Los concesionarios del servicio de distribución de energía eléctrica deberán...
- Artículo 82. Ratificar la exención del Impuesto de Sellos dispuesta en el Apartado 15.2...
- Artículo 83. Facúltase a la Dirección General de Rentas a establecer por resolución...
- Artículo 84. Facúltase a la Dirección General de Rentas a autorizar por resolución...
- Artículo 85. La vigencia de la presente ley, para los distintos impuestos, tasas y...
- Artículo 86. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 562. Determinación de honorarios Código de Procedimientos Mineros La Rioja Artículo 20. Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 58. Código Procesal Civil y Comercial Formosa Artículo 409. FORMA DE LAS CONTESTACIONESRecomendados
Se aprueba el Convenio de Cooperación Educativa para coordinar y emprender acciones eductivas de divulgación vinculadas con la ciencia y la tecnología Provincia de San Juan Se acuerda prèstamo para auxilio financiero a los Municipios de la Provinicia. Ley de Necesidad y Urgencia Provincia de San Juan Acuerdo de Asistencia Técnica-Venture-Capital-Financiamiento de Actividad Productiva en el Mercado de Capitales Provincia de San Juan Transferencia sin cargo de un inmueble al Poder Judicial de San Juan con destino a la construcción de un edificio San Juan Artículo 3. Aprobación de Convenio entre el Gobierno de la Provincia de San Juan; y la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, para la realización de ...Publique la información de sí mismo
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