Ley impositiva año 2018 Artículo 8 Provincia de San Juan
Ley impositiva año 2018 San Juan
Artículo 8.
Las causas o litigios que se inician ante la administración de justicia y los actos judiciales que se enumeran, se gravarán con las siguientes alícuotas:
Inciso A) Del Dos con Cinco Décimos por Ciento (2,5%) (en todo concepto por lo actuado en 1a. y 2a. Instancia, aún el sellado de actuación, incluido hasta el II Cuerpo):
1)Todo proceso judicial por cobro de suma de dinero, en relación al monto de la demanda iniciado a partir del 1/1/18.
2)En los juicios de desalojo iniciados a partir del 1/1/18, sobre el importe de dos años de alquiler, teniendo en cuenta el último canon actualizado.
3)En todos los juicios de valor económico determinable, iniciados a partir del 1-1-18, no gravados especialmente con otras alícuotas.
Inciso B) Del Seis décimos por Ciento (0,6%).
1)En los juicios sucesorios sobre el valor de los bienes según el avalúo fiscal, pericial, o de venta denunciado, el que resultare mayor.
2)La inscripción de declaratoria, testamento o hijuelas de extraña jurisdicción, sobre el avalúo fiscal de los bienes que se transmiten en la Provincia o sometidos a su jurisdicción.
3)En los concursos sobre el activo establecido por el síndico, o en base al activo denunciado cuando el concurso termine antes de que el síndico produzca su informe. En las quiebras sobre el valor de realización de los bienes.
4)En los concursos promovidos por acreedores, en base al monto de créditos en que se funda la acción.
En el caso de declaración de concurso, lo abonado se computará a cuenta del impuesto que corresponda en total. En los procesos de revisión de verificación de créditos y en los de verificación tardía se tomará como base el monto del propio crédito insinuado.
5)En los juicios posesorios e informativos que tengan por objeto inmueble, sobre el avalúo fiscal, tasación o valor de venta denunciado, el que resultare mayor.
6)En los juicios de mensura, deslinde, amojonamiento y los de división de cosas comunes, sobre el valor de tasación, avalúo fiscal o de venta denunciado, el que fuere mayor.
7)En los procedimientos judiciales sobre reinscripción de hipotecas, en base al importe de la deuda.
8)Sobre la base del activo que resulte de las operaciones de inventario y avalúo, tasación pericial, balances de liquidación o instrumentos análogos, valor de venta denunciado, según sea el que corresponda el que sea mayor en los juicios de disolución de sociedades, incluso la conyugal.
Provincia de San Juan Artículo 8 Ley impositiva año 2018
Mejores juristas





Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios