Ley Impositiva año 2015 (Ley Impositiva año 2015) Provincia de Córdoba
Ley Impositiva año 2015 Provincia de Córdoba
- Artículo 1. La percepción de los tributos establecidos por el Código Tributario de la...
- Artículo 2. Fíjanse en los valores que se establecen a continuación los topes mínimos y...
- Artículo 3. Fíjase en Pesos Cien Mil ($ 100.000,00) el monto establecido en los artículos...
- Artículo 4. A los fines de la determinación de la base imponible del Impuesto...
- Artículo 5. El Impuesto Inmobiliario Básico a que se refiere el Título Primero del Libro...
- Artículo 6. Fíjase el monto mínimo del Impuesto Inmobiliario Básico correspondiente a...
- Artículo 7. Los contribuyentes que resulten propietarios de inmuebles rurales cuyas bases...
- Artículo 8. Fíjase en Pesos Seis Mil Quinientos ($ 6.500,00) el monto a que se refiere el...
- Artículo 9. Fíjanse en los siguientes importes los límites de base imponible a que se...
- Artículo 10. Establécense, a los fines dispuestos en el inciso 11) del artículo 166 del...
- Artículo 11. El Impuesto Inmobiliario Adicional se determinará aplicando sobre la base...
- Artículo 12. El monto del impuesto resultante de la aplicación de los artículos 4º al 11...
- Artículo 13. La expresión Valuación Fiscal contenida en el artículo 4 de la Ley 6427 y...
- Artículo 14. Fíjase en el uno por ciento (1,00%) mensual, capitalizable mensualmente, el...
- Artículo 15. Fíjase en la suma de Pesos Tres Mil Novecientos ($ 3.900,00) mensuales o...
- Artículo 16. De acuerdo con lo establecido en el artículo 173 del Código Tributario...
- Artículo 17. Las alícuotas especiales para cada actividad serán las que se indican a...
- Artículo 18. En el caso de contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o...
- Artículo 19. En el caso de contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o...
- Artículo 20. En el caso de contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o...
- Artículo 21. La alícuota dispuesta para la actividad de la "Construcción" prevista en el...
- Artículo 22. Las alícuotas dispuestas para las actividades "Industriales" previstas en los...
- Artículo 23. Los ingresos derivados de la actividad de "Locación de Bienes Inmuebles"...
- Artículo 24. Los sujetos que desarrollen o exploten el servicio de hospedaje o alojamiento...
- Artículo 25. El impuesto mínimo a tributar, a excepción de los casos que se enuncian a...
- Artículo 26. En el caso de iniciación y cese de actividades el impuesto mínimo a tributar...
- Artículo 27. Fíjanse en los siguientes los conceptos correspondientes al Régimen Especial...
- Artículo 28. Establécense, a los fines dispuestos en el inciso 26) del artículo 208 del...
- Artículo 29. Facúltase a la Dirección General de Rentas a establecer las aperturas y...
- Artículo 30. Fíjase en el catorce por ciento (14%) anual la renta mínima establecida en el...
- Artículo 31. El Impuesto de Sellos establecido en el Título Tercero del Libro Segundo del...
- Artículo 32. Impuestos Proporcionales
- Artículo 33. Pagarán una cuota fija: 1.- De Pesos Nueve ($ 9,00): 1.1.- Solicitudes de...
- Artículo 34. Fijase en el setenta por ciento (70%) el porcentaje establecido en el último...
- Artículo 35. Las Operaciones de Seguros, Capitalización y Créditos Recíprocos pagarán: 1.-...
- Artículo 36. El Impuesto a las Actividades del Turf establecido en el Título Quinto del...
- Artículo 37. Fíjanse las siguientes alícuotas del impuesto establecido por el artículo 279...
- Artículo 38. Fíjanse como montos exentos, según lo establecido por el artículo 282 del...
- Artículo 39. Fíjase como monto máximo en premios para los eventos contemplados en el...
- Artículo 40. El Impuesto a la Propiedad Automotor establecido en el Título Cuarto del...
- Artículo 41. Fíjase en los siguientes importes el impuesto mínimo correspondiente a cada...
- Artículo 42. Fíjase el límite establecido en el inciso 2) del artículo 269 del Código...
- Artículo 43. Por los servicios que presten la Administración Pública y el Poder Judicial...
- Artículo 44. De acuerdo con lo establecido en el artículo 286 del Código Tributario...
- Artículo 45. Servicios Generales
- Artículo 46. Servicios Especiales
- Artículo 47. MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD Policía de la Provincia
- Artículo 48. Por los servicios que se enumeran a continuación, por control, inspecciones...
- Artículo 49. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Policía de...
- Artículo 50. Dirección de Bomberos de la Policía de la Provincia
- Artículo 51. Unidad de Asuntos Profesionales
- Artículo 52. Privados de Seguridad
- Artículo 53. Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 504
- Artículo 54. TRIBUNAL DE CALIFICACIONES NOTARIAL
- Artículo 55. MINISTERIO DE FINANZAS Dirección General de Catastro
- Artículo 56. Dirección General de Rentas
- Artículo 57. Dirección de Policía Fiscal
- Artículo 58. Contaduría General de la Provincia
- Artículo 59. Registro General de la Provincia
- Artículo 60. Fiscalía Tributaria Adjunta
- Artículo 61. Dirección General de Estadísticas y Censos
- Artículo 62. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS Secretaría de Agricultura
- Artículo 63. Por los servicios que se enumeran a continuación corresponde el pago de las...
- Artículo 64. Secretaría de Ganadería Dirección de Producción División Marcas y Señales
- Artículo 65. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección...
- Artículo 66. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección...
- Artículo 67. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección...
- Artículo 68. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección...
- Artículo 69. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección...
- Artículo 70. Secretaría de Alimentos
- Artículo 71. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA Y DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO Secretaría de Industria
- Artículo 72. Por los servicios que se enumeran a continuación, relacionados con los...
- Artículo 73. Secretaría de Minería Dirección de Minería
- Artículo 74. Dirección de Geología
- Artículo 75. Tribunal Minero
- Artículo 76. Secretaría de Comercio
- Artículo 77. AGENCIA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
- Artículo 78. MINISTERIO DE TRABAJO
- Artículo 79. MINISTERIO DE SALUD
- Artículo 80. MINISTERIO DE EDUCACIÓN
- Artículo 81. Por la prestación de los servicios que se enumeran a continuación se pagarán...
- Artículo 82. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
- Artículo 83. Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
- Artículo 84. Dirección de Métodos Alternativos para Resolución de Conflictos
- Artículo 85. Consejo de la Magistratura
- Artículo 86. Dirección de Jurisdicción de Política Judicial y Reforma Procesal
- Artículo 87. FISCALIA DE ESTADO-Dirección de Informática Jurídica
- Artículo 88. Departamento SUAC, Administración y Recursos Humanos
- Artículo 89. Archivo de Gobierno
- Artículo 90. Escribanía General de Gobierno
- Artículo 91. oletín Oficial de la Provincia de Córdoba
- Artículo 92. oletín Oficial de la Provincia de Córdoba
- Artículo 93. MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Secretaria de Obras Públicas Departamento Registro de Constructores de Obras
- Artículo 94. MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS Secretaría de Transporte
- Artículo 95. Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP)
- Artículo 96. Secretaría de Recursos Hídricos y Coordinació
- Artículo 97. Secretaría de Ambiente
- Artículo 98. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Unidad...
- Artículo 99. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Unidad de...
- Artículo 100. AGENCIA CÓRDOBA TURISMO SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA
- Artículo 101. MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA Secretaría de Coordinación Administrativa Dirección General de Compras y Contrataciones
- Artículo 102. PODER JUDICIAL
- Artículo 103. Para determinar el valor de los procesos judiciales se tendrán en cuenta los...
- Artículo 104. Es condición de admisibilidad de todo Recurso Directo o de Queja ante el...
- Artículo 105. En las actuaciones judiciales tendientes a la inscripción en la matrícula de...
- Artículo 106. A los fines tributarios se considerarán como juicios independientes: a) Las...
- Artículo 107. En las solicitudes de homologación de acuerdos extrajudiciales, acuerdos...
- Artículo 108. Cuando el actor propusiese someter a mediación la causa en el marco de la Ley...
- Artículo 109. Los embargos preventivos anticipados se considerarán como si fuesen juicios...
- Artículo 110. La Tasa de Justicia será abonada por quien iniciare las actuaciones, salvo el...
- Artículo 111. En los casos del punto 6.- del artículo 103 de la presente Ley la tasa será...
- Artículo 112. No se pueden extender autorizaciones para transferencias por tracto abreviado...
- Artículo 113. En los casos en que se presenten recursos judiciales tendientes a revisar las...
- Artículo 114. Por los servicios que se enumeran a continuación se abonarán las siguientes...
- Artículo 115. Por los gastos incurridos por el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba en...
- Artículo 116. Por los vehículos secuestrados cuya notificación de retiro se haya cursado a...
- Artículo 117. Fíjase el monto establecido en el inciso 5) del artículo 297 del Código...
- Artículo 118. El Ministerio de Finanzas podrá adecuar la descripción de los servicios...
- Artículo 119. A los efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto...
- Artículo 120. El pago de los tributos que se establecen en la presente Ley podrá efectuarse...
- Artículo 121. Las comunas podrán celebrar convenios con los municipios de la Provincia con...
- Artículo 122. Los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Básico correspondiente a...
- Artículo 123. El monto del Impuesto Inmobiliario, incluido el aporte al Fondo para el...
- Artículo 124. El Poder Ejecutivo Provincial podrá adecuar exenciones, mínimos, impuestos...
- Artículo 125. Establécese que los inmuebles comprendidos en el punto 3.- del artículo 5o de...
- Artículo 126. Establécense en el Anexo II de la presente Ley los importes fijos por...
- Artículo 127. La liquidación para la anualidad 2015 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural...
- Artículo 128. El Poder Ejecutivo Provincial podrá redefinir los importes fijos por hectárea...
- Artículo 129. Fíjase, según las disposiciones del inciso g) del artículo 39 de la Ley No...
- Artículo 130. La liquidación del Impuesto Inmobiliario Urbano, en el caso de inmuebles...
- Artículo 131. Ratifícanse las disposiciones contenidas en los Decretos No 906/2014 y Nº...
- Artículo 132. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Mejores juristas





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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