Ley Impositiva año 2015 Artículo 118 Provincia de Córdoba
Ley Impositiva año 2015 Córdoba
Artículo 118.
El Ministerio de Finanzas podrá adecuar la descripción de los servicios respectivos y redefinir los valores o montos fijos que en concepto de Tasas Retributivas de Servicios se consignan en la presente Ley, en función de los costos de prestación que periódicamente se determinen. Asimismo, y a propuesta del organismo correspondiente de la Administración Pública o del Poder Judicial, el Ministerio de Finanzas podrá establecer los importes que retribuyan nuevos servicios no contemplados expresamente en la presente Ley en compensación de los gastos a que dé lugar la prestación y eliminar los importes de tasas retributivas correspondientes a servicios que dejen de prestarse.
Provincia de Córdoba Artículo 118 Ley Impositiva año 2015
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
Leer de nuevo
Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 49. Deróguese Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 18. Creación de las tasas judiciales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 12. SANCIONES CONMINATORIAS Creación de la escribanía general del gobierno de la provincia Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 2. Nuevo régimen para empresas prestadoras de servicios de seguridad privada Córdoba Artículo 50. Instrucción procesalPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios