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Ley Impositiva año 2015 Artículo 74 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley Impositiva año 2015 Córdoba
Artículo 74. Dirección de Geología

Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección de Geología, se pagarán las siguientes tasas: Concepto Importe 1.- Servicios de Campo Técnicos Geológicos Mineros. Se abonará el monto que resulte de aplicar la siguiente fórmula: Asignación por viáticos + (kilómetros recorridos x el coeficiente 0,2 x precio de combustible). Los importes que se consideren respecto de la asignación por viáticos y el precio del combustible serán los vigentes al momento de realizarse la inspección correspondiente. A los fines del cálculo se computarán la totalidad de los kilómetros recorridos por Técnicos Geológicos Mineros. No incluyen procesos de análisis y estudios de carácter petrológico, cortes, análisis químicos y/o petrológicos por la vía técnica correspondiente. 2.- Por cada copia de informe con planos y/o procesamiento digital se cobrará una tasa acorde al costo de producción, la que no podrá superar Pesos Dos Mil Cien ($ 2.100,00). 3.- Copias de informes mineros sin planos ni procesamiento digital, existentes en Biblioteca de la Secretaría de Minería hasta siete (7) páginas: .........................$ 60,00 4.- Por servicio de laboratorio de ensayo y/o tarea hasta un máximo de Pesos Dos Mil Novecientos Cincuenta ($ 2.950,00).

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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