Defensor del pueblo (Defensor del pueblo) Provincia de Buenos Aires
Defensor del pueblo Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Requisitos
- Artículo 2. Elección
- Artículo 3. Mandato. Remuneración
- Artículo 4. Incompatibilidades
- Artículo 5. El Defensor podrá utilizar indistintamente la denominación de Defensor del...
- Artículo 6. Cese
- Artículo 7. Cuando el Defensor del Pueblo se halle impedido o ausente será sustituido...
- Artículo 8. Opiniones
- Artículo 9. Elaboración
- Artículo 10. El Defensor, al efecto de un eficiente ejercicio de sus funciones, creará...
- Artículo 11. Personal
- Artículo 12. Actuación
- Artículo 13. Reglamento Interno
- Artículo 14. Atribuciones
- Artículo 15. Obligación de Colaboración
- Artículo 16. Obstaculización
- Artículo 17. Persistencia
- Artículo 18. Obligación de denunciar
- Artículo 19. Correspondencia
- Artículo 20. Legitimación
- Artículo 21. Queja
- Artículo 22. Derivación de la queja
- Artículo 23. Rechazo
- Artículo 24. Irrecurribilidad
- Artículo 25. Procedimiento
- Artículo 26. Competencia. Límites
- Artículo 27. Advertencia y recomendaciones
- Artículo 28. Comunicaciones
- Artículo 29. Obligación de responder
- Artículo 30. Modalidades
- Artículo 31. Contenido
- Artículo 32. Relaciones con la Legislatura
- Artículo 33. Adhesión
- Artículo 34. Plazos
- Artículo 35. Exención
- Artículo 36. Presupuesto
- Artículo 37. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Código Tributario San Juan Artículo 98.Recomendados
Creación Fuero Contencioso Administrativo Provincia de Buenos Aires Personas con discapacidad acompañadas por Perro Guía o de Asistencia Nacional Artículo 15. Defensores Oficiales de Violencia Familiar y de Género Salta Artículo 5. Gratuidad Régimen jurídico y poder de policía en materia mortuoria en los cementerios Ciudad Autónoma de Buenos Aires Declaración del día 17 de Junio como Día del Petróleo y Gas Fueguino Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1.Publique la información de sí mismo
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