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Defensor del pueblo Artículo 36 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Defensor del pueblo Buenos Aires
Artículo 36. Presupuesto

Los recursos para atender las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ley provienen de:

*a) "Las partidas que la Ley de Presupuesto asigne al funcionamiento del Defensor del Pueblo, que no podrá ser inferior al 0,1% del total de Erogaciones Corrientes y de Capital del Presupuesto General de la Administración Provincial para cada ejercicio anual, excluidas del presente cálculo, las erogaciones destinadas a las Instituciones de Previsión Social." b) Los subsidios, herencia, legados, donaciones o transferencias bajo cualquier título que reciba. Quedan excluidas del presente las donaciones que tengan origen en personas físicas o jurídicas susceptibles de ser objeto de aplicación de la presente Ley;

c) Los demás fondos, bienes o recursos que puedan serle asignados en virtud de las leyes y reglamentaciones aplicables.



Provincia de Buenos Aires Artículo 36 Defensor del pueblo
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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