Defensor del pueblo Artículo 35 Provincia de Buenos Aires
Defensor del pueblo Buenos Aires
Artículo 35. Exención
El Defensor del Pueblo está exento del pago del impuesto de sellos. Sus actuaciones están exentas asimismo del pago de las tasas retributivas de servicios administrativos o judiciales previstas por el Código Fiscal.
La Defensoría del Pueblo está exenta del pago de las costas cuando litigue contra entes públicos o empresas prestadoras de servicios públicos.
Provincia de Buenos Aires Artículo 35 Defensor del pueblo
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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