Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Nacional
Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Nacional
- Artículo 1. Las disposiciones de esta ley son de orden público.
- Artículo 2. Se considera víctima: a) A la persona ofendida directamente por el...
- Artículo 3. El objeto de esta ley es: a) Reconocer y garantizar los derechos de las...
- Artículo 4. La actuación de las autoridades responderá a los siguientes principios:...
- Artículo 5. La víctima tendrá los siguientes derechos: a) A que se le reciba de...
- Artículo 6. Cuando la víctima presente situaciones de vulnerabilidad, entre otras...
- Artículo 7. La autoridad que reciba la denuncia deberá: a) Asesorarla acerca de los...
- Artículo 8. En los supuestos del inciso d) del artículo 5°, se presumirá la...
- Artículo 9. La autoridad deberá atender al sufragio de los gastos de traslado, hospedaje...
- Artículo 10. Las autoridades adoptarán todas las medidas que prevengan un injustificado...
- Artículo 11. La víctima tiene derecho a recibir gratuitamente el patrocinio jurídico que...
- Artículo 12. Durante la ejecución de la pena la víctima tiene derecho a ser informada y a...
- Artículo 13. En los casos referidos en el artículo anterior, si la gravedad del hecho que...
- Artículo 14. Sustitúyese el artículo 79 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 15. Sustitúyese el artículo 80 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 16. Sustitúyese el artículo 81 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 17. Sustitúyese el artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 18. Sustitúyese el artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación...
- Artículo 19. Sustitúyese el artículo 293 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 20. Sustitúyese el artículo 496 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 21. Sustitúyese el artículo 505 del Código Procesal Penal de la Nación (ley...
- Artículo 22. Créase en el ámbito de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia...
- Artículo 23. Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que ya cuenten con...
- Artículo 24. El CENAVID tendrá las siguientes funciones: a) Atender de inmediato a...
- Artículo 25. Para el cumplimiento de sus obligaciones en territorios provinciales, el...
- Artículo 26. El CENAVID será dirigido por un director ejecutivo designado por el Ministro...
- Artículo 27. El director ejecutivo del CENAVID tendrá los siguientes deberes y...
- Artículo 28. Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida...
- Artículo 29. Créanse veinticuatro (24) cargos de Defensor Público de Víctimas, según se...
- Artículo 30. Los actuales Secretarios Letrados del Ministerio Público de la Defensa se...
- Artículo 31. Los actuales Prosecretarios Letrados del Ministerio Público de la Defensa se...
- Artículo 32. La transformación de los cargos dispuesta en los artículos precedentes no...
- Artículo 33. Sustitúyese el artículo 11 de la ley 27.149, el que quedará redactado...
- Artículo 34. Sustitúyese el artículo 15 de la ley 27.149, el que quedará...
- Artículo 35. Incorpórase como artículo 37 bis a la ley 27.149 el siguiente:...
- Artículo 36. Incorpórase como artículo 37 ter a la ley 27.149 el siguiente:...
- Artículo 37. Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a...
- Artículo 38. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los ciento veinte...
- Artículo 39. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo Ley nacional de turismo Establécese que ante la imposibilidad de integración de los tribunales orales en lo criminal federal de todo el país, por licencia, suspensión, recusación, excusación o vacancia de sus miembros, se integrarán con jueces que hayan sido designados de acuerdo al procedimiento previsto en la constitución nacional Día Nacional de la Salud Mental Décima Reposición de los Recursos del Fondo Internacional de Desarrollo AgrícolaMejores juristas





Hola,me llego este mensaje y queria saber que significa. Gracias.......
En el dia de la fecha se archivo la presente ipp. Ufi 7 del Departamento Judicial Lanus art. 83 CPP. SIMP
Pregunto según este artículo (1351) la comisión si existe un solo corredor es compartida verdad? por lo que se enuncia en que todas las partes le deben comisión
pregunta: una demanda fuerA de la provincIA EL PLAZO SE AMPLIA IPSO IURE O ES NECESARIO PEDIRLO
Hola Sabrina, si podes acercarte al INADI y realizar una denuncia por discriminación a mi diversidad sexual, y protección al pudor frente exposición social. Este es un organismo ideado para tal fin. Tambien podes ir a la Defensoría del Pueblo de tu ciudad y radicar la denuncia por el mismo motivo. Espero haberte ayudado.
Hola si el curso de un provisional no lo cubrieron por acto publico continua el mismo docente?
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