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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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Orlando Fernández
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Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
Código Civil y Comercial Nacional Artículo 1198. Plazo mínimo de la locación de inmueble
Buenos días. El texto de la ley se ha obtenido de los fuentes oficiales. Los artículos habían modificado por la ley 13405 de 2014.
Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 149. Plazo y carácter
Buenos días, Dr. Carlos Alberto Alonso. Gracias por sus respuestas en nuestro sitio. Sus datos de contactos se coloca automaticamente debajo de cada su comentario. Usted puede indicar su Número de teléfono y linkedin en su perfil y no repetirlos en el texto del comentario. Entonces, su comentario se hace más pequeña y todos los usuarios del sitio van a ver todos contactos como enlaces y no se va a esconderse debajo del boton “leer más”. Que tenga un trabajo productivo! Сon respeto, Admin
Usuario Carlos Alberto Alonso
Buenos días. Gracias por su atención. Hemos actualizado este ley.
Ley de impuesto a las ganancias Nacional Artículo 82.
Buenos días. ¿Que problemas tiene Usted con el sitio?
Políticas de privacidad
Buenos días. El texto de la ley se había obtenido de las fuentes oficiales y se había actualizado.
Descargar Ley de Concursos y Quiebras Nacional
Buenos días. En nuestro sitio web esta prohibido publicar la publicidad y los comentarios que no son preguntas o respuestas. Si Usted rellena el campo «Sobre mí» (como mínimo Números de teléfono, Ciudad y indica que Usted es abogado) en nuestro sitio y contesta a las unas cuantas preguntas, los clientes van a contactar con Usted lo suficientemente rápido. Gracias por entenderlo. Que tenga un trabajo productivo!
Usuario Mabe Mabel
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo
Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 510. Revocación de la condena de ejecución condicional
Buenos días. No encontramos ningún cambio del artículo 109 DE LA LEY EDUCACIÓN NACIONAL. ¿De conformidad con que documento Usted cree que pasaron los cambios?
Usuario Gonzalo Guanuco
Buenas tardes. Gracias por su atención. El texto de la ley se ha obtenido de fuentes oficiales.
Usuario Cami Pastore