Estatuto del personal de la administración pública (Estatuto del personal de la administración pública) Provincia de Córdoba
Estatuto del personal de la administración pública Provincia de Córdoba
- CAPÍTULO I AMBITO DE APLICACIÓN
- Artículo 1. Este Estatuto regirá las relaciones de todas las personas que en virtud de...
- Artículo 2. Quedan excluidos del régimen previsto por la presente Ley: a) Las...
- Artículo 3. Todo nombramiento de personal comprendido en el presente Estatuto reviste...
- Artículo 4. El personal no permanente comprende a: a) Personal de Gabinete....
- Artículo 5. Personal de Gabinete es aquél que desempeña funciones de colaborador,...
- Artículo 6. PERSONAL interino es aquel que se designa en forma provisoria para cumplir...
- Artículo 7. Personal Contratado es aquel cuya relación laboral está regida por un...
- Artículo 8. Personal Transitorio es aquel que se emplea para la ejecución de servicios,...
- Artículo 9. Personal suplente es aquel que se designa para cubrir el cargo de un...
- Artículo 10. La presente Ley será de aplicación al personal a que se refiere el artículo...
- CAPÍTULO 2 INGRESOS Y REINGRESOS
- Artículo 11. El ingreso del personal permanente, transitorio y suplente de la...
- Artículo 12. Son requisitos para el ingreso: a) Ser mayor de Dieciocho (18)...
- Artículo 13. No podrán ingresar, ni reingresar, ni permanecer en la Administración...
- Artículo 14. La provisión de todo empleo público se hará mediante acto...
- Artículo 15. El nombramiento de personal permanente tendrá carácter provisorio durante...
- Capítulo 3 Egreso
- Artículo 16. El agente dejará de pertenecer a la Administración Pública Provincial en los...
- CAPÍTULO 4 DEBERES Y PROHIBICIONES
- Artículo 17. Deberes
- Artículo 18. Prohibiciones
- Artículo 19. Incompatibilidades
- Artículo 20. No podrán desempeñarse en tareas remuneradas bajo la jurisdicción del Poder...
- Artículo 21. En un mismo departamento u oficina, no podrán prestar servicios en relación...
- Artículo 22. Es compatible con el desempeño de cualquier empleo público el ejercicio de...
- Artículo 23. Las prohibiciones que se determinen en este Estatuto son de aplicación...
- Artículo 24. Las incompatibilidades previstas por la presente Ley no excluyen las que...
- CAPÍTULO 5 DERECHOS DEL AGENTE
- Artículo 25. El personal tiene derecho a: a) Estabilidad. b) Carrera...
- Artículo 26. Estabilidad
- Artículo 27. En caso de supresión de cargos presupuestarios, el agente permanente pasará...
- Artículo 28. En caso de no existir vacante de un cargo de similar naturaleza en todo el...
- Artículo 29. Carrera Administrativa
- Artículo 30. Jornada de Trabajo
- Artículo 31. Retribución Justa
- Artículo 32. El personal permanente que cumpla interinatos o suplencias en cargos de...
- Artículo 33. El agente tendrá derecho al sueldo anual complementario, según lo...
- Artículo 34. Ropa de Trabajo
- Artículo 35. Higiene y Seguridad en el Trabajo
- Artículo 36. Salas Materiales y Jardín de Infantes
- Artículo 37. ecas para sus hijos
- Artículo 38. Capacitació
- Artículo 39. Compensaciones e Indemnizaciones
- Artículo 40. EL personal tiene derecho a indemnización por las siguientes causales:...
- Artículo 41. No tendrán derecho a la indemnización, por las causales previstas en el...
- Artículo 42. Los agentes que sufrieran accidentes o enfermedades del trabajo, serán...
- Artículo 43. El personal que con motivo o en ocasión del servicio experimentase un...
- Artículo 44. El importe de todas las indemnizaciones previstas en el presente Estatuto...
- Artículo 45. onificación por Jubilació
- Artículo 46. Traslados y Permutas
- Artículo 47. El agente permanente no podrá ser trasladado sin su consentimiento del...
- Artículo 48. Licencia Anual
- Artículo 49. Licencia Sanitaria
- Artículo 50. Licencias, Justificaciones y Franquicias
- Artículo 51. Los agentes tendrán derecho a obtener las siguientes licencias no...
- Artículo 52. Los agentes tendrán derecho a la justificación de su inasistencia en los...
- Artículo 53. Los agentes tendrán derecho al otorgamiento de franquicias horarias en...
- Artículo 54. Menciones y Premios
- Artículo 55. El personal que además de cumplir con sus funciones específicas, preste...
- Artículo 56. Agremiaciones
- Artículo 57. Asistencia Sanitaria y Social
- Artículo 58. Cuando el personal comprendido en el presente Estatuto sufriere un...
- Artículo 59. Reincorporació
- Artículo 60. Reingreso
- Artículo 61. Renuncia
- Artículo 62. El agente renunciante deberá continuar prestando servicios hasta la fecha...
- Artículo 63. Si al presentar la renuncia, el agente tuviera pendiente sumario en su...
- Artículo 64. El agente tendrá derecho a jubilarse, de conformidad con las leyes...
- CAPÍTULO 6 RÉGIMEN DISCIPLINARIO
- Artículo 65. Todo agente público es directa y personalmente responsable de los actos...
- Artículo 66. El personal no podrá ser privado de su empleo ni objeto de medidas...
- Artículo 67. Son causas para aplicar las medidas disciplinarias enunciadas en los...
- Artículo 68. Son causa para la cesantía: a) Inasistencias injustificadas de más de...
- Artículo 69. Son causas para la exoneración, previa sentencia judicial firme: a)...
- Artículo 70. De todas las sanciones mencionadas precedentemente, se dejará constancia...
- Artículo 71. Las medidas disciplinarias especificadas en el artículo 66 serán aplicadas...
- Artículo 72. No será necesario sumario previo cuando medien las causales previstas en...
- Artículo 73. Toda sanción se graduará teniendo en cuenta la gravedad de la falta o...
- Artículo 74. Ante las sanciones disciplinarias aplicadas, el agente podrá interponer los...
- Artículo 75. Las sanciones disciplinarias impuestas a los agentes tendrán efecto...
- Artículo 76. La investigación y el sumario administrativo tendrán por objeto...
- Artículo 77. Los sumarios se ordenarán de oficio cuando llegaren a conocimiento de...
- Artículo 78. La instrucción gozará de amplias facultades para realizar la investigación o...
- Artículo 79. El agente presuntivamente incurso en falta, podrá ser apartado de sus...
- Artículo 80. El agente que se encontrara privado de libertad por acto de autoridad...
- Artículo 81. Cuando la administración tuviere conocimiento de delito doloso ajeno a la...
- Artículo 82. La sustanciación de los sumarios administrativos por hechos que pudieren...
- Artículo 83. Si de las actuaciones surgieran indicios de haberes violado una norma...
- Artículo 84. La instrucción del sumario y la suspensión preventiva del agente no...
- Artículo 85. Podrá aceptarse la renuncia del agente que se encuentre sumariado conforme...
- Artículo 86. Concluida la instrucción, el instructor se pronunciará únicamente...
- Artículo 87. La Dirección General de Personal de la Provincia será el órgano natural para...
- Artículo 88. En todo lo no previsto por la presente Ley y su reglamentación, será de...
- CAPÍTULO 7 RECONOCIMIENTO Y ACTIVIDAD SINDICAL
- Artículo 89. Se reconoce al Sindicato de Empleados Públicos de Córdoba -S.E.P.-,...
- Artículo 90. La Administración Pública Provincial actuará como agente de retención de la...
- Artículo 91. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo...
- Artículo 92. Queda reconocido como Día del Empleado Público Provincial el 11 de...
- Artículo 93. Las reparticiones de la Administración Pública Provincial colocarán en forma...
- Artículo 94. El personal que en razón de ocupar cargos gremiales electivos o...
- Artículo 95. El personal a que se refiere el artículo anterior que prestará normalmente...
- Artículo 96. Los representantes de la entidad gremial reconocida por el presente...
- Artículo 97. Los representantes de la entidad gremial reconocida por el presente...
- Artículo 98. Se otorgará permisos en forma documentada a los representantes gremiales que...
- CAPÍTULO 8 COMISIÓN DE RELACIONES LABORALES
- Artículo 99. En el ámbito de la Administración Pública Provincial funcionará una...
- Artículo 100. La Comisión de Relaciones Laborales intervendrá en todos los asuntos de su...
- Artículo 101. La Comisión de Relaciones Laborales deberá expedirse en el término de...
- Artículo 102. La Comisión de Relaciones Laborales se integrará: *a) Con seis (6)...
- Artículo 103. Los miembros titulares y suplentes representantes de la entidad Gremial en...
- Artículo 104. La Comisión de Relaciones Laborales se constituirá en un plazo que no...
- CAPÍTULO 9 AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 105. La Dirección General de Personal de la Provincia, dentro de su respectiva...
- Artículo 106. La Dirección General de Personal de la Provincia tendrá las siguientes...
- Artículo 107. Derógase los artículos 1 a 82 inclusive y 98 a 111 inclusive de la Ley N....
- Artículo 108. El cómputo de los términos establecidos en días por las disposiciones del...
- CAPÍTULO 10 DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 109. El Poder Ejecutivo - de oficio - o a petición de parte, podrá revisar...
- Artículo 110. Facúltase al Poder Ejecutivo a reubicar y/o trasladar al Personal...
- Artículo 111. El personal comprendido en el presente Estatuto que hubiere sido afectado en...
- Artículo 112. Compensación por Retiro Voluntario
- Artículo 113. Los artículos 109; 110 y 111 tendrán vigencia por un término de 120 días,...
- Artículo 114. Facúltase a la Comisión de Relaciones Laborales para que intervenga en las...
- Artículo 115. Hasta tanto se dicte la reglamentación pertinente se mantendrán los...
- Artículo 116. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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