Código Procesal Administrativo (Código Procesal Administrativo) Provincia del Neuquén
Código Procesal Administrativo Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Tribunal y partes del proceso
- Artículo 2. Materia incluida
- Artículo 3. Materia excluida
- Artículo 4. Conflictos de competencia
- Artículo 5. Improrrogabilidad de la competencia
- Artículo 6. Acto impugnable
- Artículo 7. Pago previo
- Artículo 8. Reclamación y acció
- Artículo 9. Situación jurídica subjetiva
- Artículo 10. Plazo
- Artículo 11. Entes descentralizados no estatales y mixtos
- Artículo 12. Plazo
- Artículo 13. Declaración de lesividad
- Artículo 14. Acreditación de competencia
- Artículo 15. Capacidad procesal
- Artículo 16. Acumulacion de acciones
- Artículo 17. Separación de acciones
- Artículo 18. Ampliación de demanda
- Artículo 19. Pretensiones
- Artículo 20. Normas supletorias
- Artículo 21. Oportunidad y trámite
- Artículo 22. Casos incluídos
- Artículo 23. Casos excluídos
- Artículo 24. Caució
- Artículo 25. Revocación de la suspensió
- Artículo 26. Caducidad de la suspensió
- Artículo 27. Oportunidad
- Artículo 28. Petición de la Administración Pública
- Artículo 29. Petición de los administrados
- Artículo 30. Trámite
- Artículo 31. Plazo general
- Artículo 32. Plazo abreviado
- Artículo 33. Allanamiento, desistimiento, conciliación y transacció
- Artículo 34. Reconocimiento de la pretensió
- Artículo 35. Requisitos de la demanda
- Artículo 36. Documentación adjunta
- Artículo 37. Subsanación de defectos
- Artículo 38. Remisión y requerimiento del expediente
- Artículo 39. Admisión del proceso
- Artículo 40. Inadmision del proceso
- Artículo 41. Recursos y revisió
- Artículo 42. Incompetencia
- Artículo 43. Opción procesal
- Artículo 44. Procedimiento ordinario
- Artículo 45. Procedimiento sumario
- Artículo 46. Traslado de la demanda
- Artículo 47. Notificació
- Artículo 48. Contestació
- Artículo 49. Reconvenció
- Artículo 50. Traslado contestación. Nuevas pruebas
- Artículo 51. Oportunidad y tipos
- Artículo 52. Trámite de las excepciones
- Artículo 53. Resolución de las excepciones
- Artículo 54. Producció
- Artículo 55. Admisió
- Artículo 56. Prueba pericial
- Artículo 57. Prueba confesional
- Artículo 58. Casos y efectos
- Artículo 59. Medidas urgentes
- Artículo 60. Puro derecho
- Artículo 61. Alegato
- Artículo 62. Plazo
- Artículo 63. Requisitos
- Artículo 64. Efectos
- Artículo 65. Interprión obligatoria
- Artículo 66. Recurso de reposició
- Artículo 67. Recurso de nulidad
- Artículo 68. Recurso de revisió
- Artículo 69. Plazo de ejecució
- Artículo 70. Ejecución directa
- Artículo 71. Desobediencia de los agentes
- Artículo 72. Responsabilidad de los agentes
- Artículo 73. Ejecución contra entidades no estatales
- Artículo 74. Suspensión y ejecución sustitutiva
- Artículo 75. Suspensión: Casos
- Artículo 76. Trámite y resolució
- Artículo 77. Reglas específicas
- Artículo 78. Reenvio legislativo
- Artículo 79. Vigencia
- Artículo 80. Derogació
- Artículo 81. Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro y...
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????
Buenas tardes quiero hacer la siguiente consulta...
Tengo una nieta de 7 años reconocida por su papá biológico (mi hijo).El padre se separó de la mamá de mi nieta cuando ella tenia aproximadamente 3 añitos.
La madre de la niña estableció un vínculo con otro joven con el cual, tras un tiempo de convivencia con ella y mi nieta decide contraer matrimonio.
A partir de ese momento este hombre,ejerce sobre la sra la capacidad para lograr que ella ( aún existiendo un régimen de vinculación parental padre e hija homologada por un juez )evite por diversos medios la vinculación entre ambos.Cabe destacar que esta nueva pareja en el transcurso del tiempo tuvo un niño fruto de su unión y obviamente todos conviven en un mismo domicilio.
Luego de más de dos años (durante los cuales mi hijo agotó sus pocos recursos económicos en acciones judiciales oficiales y privadas sin éxito para la re vinculación con su hija) la sra reaparece en forma espontánea junto a, su ahora esposo legal, para solicitar al padre biológico que firme su conformidad para que este Sr solicite una Adopción por Integración Familiar.
Entiendo que el hoy, padrastro de mi nieta, es la figura paterna con la que convive desde hace aproximadamente 4 años y refiero también que este Sr cuenta con recursos económicos que favorecen su petición ante las autoridades judiciales.Lo contrario sucede con el padre biológico que perdió su empleo y hace tiempo subsiste ejerciendo trabajo informal por lo cual no puede proveer a su hija lo necesario desde lo económico como lo establecen las normas y ante esa situación de vulnerabilidad se ve coartado o presionado a firmar dicha autorización entendiendo que de ese modo contribuye a una mejor calidad de vida para su hija ( ejemplo una cobertura médica ).
Ante lo expresado mi consulta es: el padre biológico pierde con esta autorización ( en caso de que la justicia apruebe LA ADOPCIÓN POR INTEGRACIÓN pedida por el esposo de la mamá de la niña )sus derechos sobre su hija ?
Qué sucede respecto a sus deberes como padre biológico?
Qué sucede con la filiación de la niña .Es decir le pueden cambiar el apellido por el del pretenso adoptante ?
El adoptante asume toda potestad sobre la niña ( por ejemplo mudarse a otra provincia o incluso otro país sin requerir nada legal por parte del padre biológico?
Básicamente el padre biológico (con esta firma que solo otorga a fin de volver a ver a su hija )le otorga al adoptante todos sus derechos como padre sin reclamo alguno?
Agradezco por leerme
Aguardaré su respuesta.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios