Establecieron el juicio por jurados (Establecieron el juicio por jurados) Provincia de Santa Fe
Establecieron el juicio por jurados Provincia de Santa Fe
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Competencia
- Artículo 3. Integración del jurado
- Artículo 4. Prórroga de jurisdicción
- Artículo 5. Función del jurado y del juez
- Artículo 6. Rol de las instrucciones y veredicto
- Artículo 7. Libertad de conciencia del jurado
- Artículo 8. Presunción de inocencia y duda razonable
- CAPÍTULO II - DE LAS CONDICIONES PARA SER JURADO
- Artículo 9. Derecho. Carga pública
- Artículo 10. Requisitos
- Artículo 11. Inhabilidades
- Artículo 12. Incompatibilidades
- Artículo 13. Excusación. Dispensa
- CAPÍTULO III - FORMACIÓN, PUBLICIDAD Y NOTIFICACIÓN DE LAS LISTAS DE JURADOS
- Artículo 14. Lista bianual de jurados
- Artículo 15. Contralor
- Artículo 16. Depuración
- Artículo 17. Listado definitivo
- Artículo 18. Observaciones
- Artículo 19. Reemplazo
- Artículo 20. Listado oficial de jurados
- Artículo 21. Libro de jurados. Registro. Conservación
- CAPÍTULO IV - PREPARACIÓN DEL JUICIO POR JURADOS
- Artículo 22. Audiencia preliminar. Admisibilidad
- Artículo 23. Sorteo de los potenciales jurados
- CAPÍTULO V - INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL DE JURADO
- Artículo 24. Lista para cada juicio
- Artículo 25. Convocatoria de los jurados sorteados
- Artículo 26. Formalidades del sorteo
- Artículo 27. Audiencia de selección del jurado
- Artículo 28. Potenciales jurados. Juramento preliminar y examen
- Artículo 29. Recusación. Oportunidad
- Artículo 30. Recusaciones. Orden
- Artículo 31. Recusaciones con causa. Fundamentos
- Artículo 32. Recusaciones. Número. Discriminación
- Artículo 33. Pluralidad de partes
- Artículo 34. Resolución del juez
- Artículo 35. Sorteo final
- Artículo 36. Audiencia específica. Constitución. Compromiso solemne
- Artículo 37. Recusación. Causal sobreviniente
- Artículo 38. Suplentes
- CAPÍTULO VI - DEBERES Y DERECHOS DEL JURADO
- Artículo 39. Deber de información
- Artículo 40. Alojamiento especial. Viáticos
- Artículo 42. Inmunidades
- Artículo 43. Desobediencia
- Artículo 44. No aceptación del cargo
- CAPÍTULO VII - REGLAS DURANTE EL JUICIO POR JURADOS
- Artículo 45. Facultades del juez permanente
- Artículo 46. Ubicación en la sala
- Artículo 47. Juramento del jurado
- Artículo 48. Instrucciones iniciales
- Artículo 49. Alegatos de apertura
- Artículo 50. Desarrollo del debate. Decisiones sobre la prueba
- Artículo 51. Examen de testigos y peritos
- Artículo 52. Testigos, exclusión y separación
- Artículo 53. Objeciones
- Artículo 54. Declaraciones previas
- Artículo 55. Estipulaciones
- Artículo 56. Prohibición de interrogarlos
- Artículo 57. Documentos y prueba material. Acreditación
- Artículo 58. Oralidad. Excepciones
- Artículo 59. Condenas anteriores y expediente. Prohibición
- Artículo 60. Actuaciones fuera de la sala de audiencias
- Artículo 61. Continuidad
- Artículo 62. Denuncia de presiones. Medidas de Protección
- CAPÍTULO VIII - CLAUSURA DEL DEBATE, INSTRUCCIONES, DELIBERACIÓN Y VEREDICTO
- Artículo 63. Cierre del debate
- Artículo 64. Elaboración de las instrucciones
- Artículo 65. Contenido de las instrucciones finales
- Artículo 66. Explicación del derecho aplicable
- Artículo 67. Prohibición
- Artículo 68. Custodia del jurado
- Artículo 69. Juramento del oficial de custodia
- Artículo 70. Deliberación. Uso de evidencia del jurado. Intérpretes
- Artículo 71. Regreso a sala a instancias del juez
- Artículo 72. Regreso a la sala a solicitud del jurado
- Artículo 73. Deliberación, tribunal constituido. Duración
- Artículo 74. Disolución
- Artículo 75. Rendición del veredicto
- Artículo 76. Pronunciamiento del veredicto
- Artículo 77. Forma del veredicto
- Artículo 78. Veredicto de culpabilidad por un delito inferior
- Artículo 79. Reconsideración de veredicto defectuoso
- Artículo 80. Veredicto parcial. Múltiples acusados. Múltiples hechos
- Artículo 81. Comprobación del veredicto
- Artículo 82. Unanimidad
- Artículo 83. Mayoría agravada
- Artículo 84. Jurado estancado
- Artículo 85. Veredicto absolutorio
- Artículo 86. Reserva de opinión
- Artículo 87. Regla del secreto
- Artículo 88. Inconducta del jurado antes de rendido el veredicto
- Artículo 89. Impugnación
- Artículo 90. Procedimiento posterior. Audiencia de Cesura Obligatoria
- Artículo 91. Sentencia
- CAPÍTULO IX - NORMAS OPERATIVAS
- Artículo 92. Entrada en vigencia
- Artículo 93. Primeros listados
- Artículo 94. Implementación, presupuesto y difusión
- Artículo 95. Modificación a la Ley Orgánica del Poder Judicial
- Artículo 96. Incorporación a la Ley Orgánica del Poder Judicial
- Artículo 97. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Templo de la Iglesia San Enrique o también denominado Iglesia Antigua Fondo para el Desarrollo y Promoción de los Centros Comerciales e Industriales Fiesta Provincial de la Hamburguesa Eximición del impuesto inmobiliario a inmuebles pertenecientes a escuelas, colegios y asociaciones civiles Creación de la Comuna de Los Tábanos, departamento Vera, dentro de la actual jurisdicción territorial de la Comuna de GolondrinaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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