Regimen para la navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional (Regimen para la navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional) Nacional
Regimen para la navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional Nacional
- Artículo 1. La navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional serán...
- Artículo 2. Para que a un barco argentino se le autorice a ejercer la navegación...
- Artículo 3. Los barcos de bandera extranjera en aguas de jurisdicción nacional,...
- Artículo 4. Exceptúanse de las limitaciones del artículo anterior los barcos dedicados...
- Artículo 5. Los barcos argentinos que naveguen entre cualquier puerto nacional y uno o...
- Artículo 6. Cuando por circunstancias excepcionales no sea posible abastecer de artículos...
- Artículo 7. Se consideran barcos o artefactos navales de construcción nacional...
- Artículo 8. En los puertos deberá conservarse un sitio especial de atraque para los...
- Artículo 9. La navegación de jangadas será permitida por la autoridad marítima,...
- Artículo 10. En los lugares habilitados como puertos, donde se carezca de muelles o...
- Artículo 11. La cantidad mínima de tripulantes y el máximo cargo correspondiente a las...
- Artículo 12. Ningún barco podrá ser obligado a llevar más personal de tripulación...
- Artículo 13. Se considera tripulante a toda persona ajustada por el capitán de un barco...
- Artículo 14. Es obligatorio para los propietarios, armadores, capitanes o patronos de...
- Artículo 15. Es prohibido introducirse a bordo de un barco sin la correspondiente...
- Artículo 16. Los pasajeros, equipajes y cargas nacionales o nacionalizadas,...
- Artículo 17. Los pasajeros y sus equipajes transportados en barcos argentinos...
- Artículo 18. Los barcos con privilegio de paquete postal o aduanero (de carga)...
- Artículo 19. Los barcos de cabotaje nacional que se dediquen únicamente al tráfico...
- Artículo 20. Las empresas dedicadas al transporte de cabotaje nacional, comunicarán sus...
- Artículo 20 A. Las tarifas relativas al transporte de pasajeros, hacienda y demás...
- Artículo 20 B. La Prefectura General Marítima deberá publicar anualmente una estadística de...
- Artículo 21. Las inspecciones de cascos, máquinas y accesorios respectivos, en cuanto se...
- Artículo 22. La autoridad marítima tendrá obligación de dar salida y entrada a...
- Artículo 23. (Nota de redacción) (Derogado por Ley 22.415)
- Artículo 24. Los barcos argentinos de cabotaje fronterizo, tendrán obligación de...
- Artículo 25. Los barcos de cabotaje cuyo medio de propulsión sea exclusivamente la vela,...
- Artículo 26. Las maderas de producción nacional que se transporten en jangadas, podrán...
- Artículo 27. (Nota de redacción) (Derogado por Ley 22.415)
- Artículo 28. En el ejercicio del cabotaje, el libro de cargamento o sobordo a que se...
- Artículo 29. Los barcos argentinos de cabotaje no pagarán derecho de entrada, faros,...
- Artículo 30. Los barcos de cabotaje con privilegio de paquete postal, no están sujetos...
- Artículo 31. Los barcos argentinos de hasta 150 toneladas de arqueo neto, están...
- Artículo 32. La carga de removido queda exonerada de derechos de almacenaje, eslingaje y...
- Artículo 33. Los barcos de cualquier bandera que entren a puerto para ir directamente a...
- Artículo 34. Los barcos de bandera nacional en desarme, previa declaración de los...
- Artículo 35. Los barcos que se encuentren en reparaciones en astilleros, no abonarán...
- Artículo 36. (Nota de redacción) (Derogado por Ley 18.138)
- Artículo 37. Será libre de derechos de importación la introducción de metales,...
- Artículo 38. Las canoas o embarcaciones de hasta seis toneladas de arqueo neto quedan...
- Artículo 39. En los barcos empleados en el cabotaje de cualquier naturaleza no se...
- Artículo 40. El tránsito de pasajeros por primeras o sucesivas aduanas no dará lugar...
- Artículo 41. El armador podrá prohibir o limitar el número de visitas o acompañantes de...
- Artículo 42. Cuando por razones de fuerza mayor los barcos de cabotaje no tengan acceso...
- Artículo 43. La entrada, salida, amarre o desamarre de barcos y desembarco o embarco de...
- Artículo 44. El barco de cabotaje que practique operaciones en días u horas inhábiles o...
- Artículo 45. El empleado aduanero que se designe para atender operaciones en lugares...
- Artículo 46. Los barcos argentinos de cabotaje fronterizo, no pagarán emolumentos...
- Artículo 47. Los agentes y armadores de barcos de cabotaje, con firma registrada ante la...
- Artículo 48. Los buques y artefactos navales extranjeros que efectúen navegación,...
- Artículo 49. Los barcos de cabotaje nacional sin privilegio de paquete postal, tendrán...
- Artículo 50. Los barcos de cabotaje nacional, con privilegio de paquete postal, tendrán...
- Artículo 51. Los barcos de cabotaje nacional, con privilegio de paquete postal y que...
- Artículo 52. Los barcos de cabotaje nacional, con privilegio de paquete postal, menores...
- Artículo 53. La conducción de la correspondencia pública, encomiendas y envases...
- Artículo 54. La aplicación del presente decreto estará a cargo de los departamentos de...
- Artículo 55. El Poder Ejecutivo, al reglamentar este decreto, cuidará de no establecer...
Otras regulaciones
Acuerdo entre la República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a transferir sin cargo a la Agrupación Mapuche Cayún, conformada por la totalidad de los miembros de la Agrupación Indígena Cayún, tierras ubicadas en jurisdicción de la Reserva Nacional Lanín Régimen Especial de Regularización de deudas previsionales Declaración de interés nacional el emprendimiento cultural Trombonanza Interpretación de los recursos de seguridad socialMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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