Ley Impositiva Anual Artículo 53 Provincia de Santa Fe
Ley Impositiva Anual Santa Fe
Artículo 53.
Los infractores a la Ley N 1373 de Inspección de Calderas, Motores a Vapor y Aparatos sometidos a Presión y su Reglamento, serán penados con multa de 1220 MT a 61.235 MT por cada violación, las que serán clasificadas en la reglamentación de la Ley N 1373.La fecha de vencimiento de las inscripciones anuales se operará el 30 de junio.
Provincia de Santa Fe Artículo 53 Ley Impositiva Anual
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por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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