Ley Impositiva 2023 (Ley Impositiva 2023) Provincia de Mendoza
Ley Impositiva 2023 Provincia de Mendoza
- TITULO I
- Artículo 1. Las alícuotas, importes fijos, impuestos mínimos y valores correspondientes...
- Artículo 2. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcase el...
- CAPÍTULO II IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
- Artículo 3. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcanse las...
- Artículo 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, el impuesto mínimo...
- Artículo 5. Régimen Simplificado de Ingresos Brutos. Cuando el contribuyente se...
- CAPÍTULO III IMPUESTO DE SELLOS
- Artículo 6. De conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal, la alícuota aplicable...
- Artículo 7. El Valor Inmobiliario de Referencia previsto en el Artículo 216°...
- CAPÍTULO IV IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
- Artículo 8. El Impuesto a los Automotores al que se refiere el Código Fiscal, para el...
- CAPÍTULO V IMPUESTO A LA VENTA DE BILLETES DE LOTERÍA
- Artículo 9. Por la venta en la Provincia de billetes de lotería de cualquier...
- CAPÍTULO VI IMPUESTO A LAS RIFAS
- Artículo 10. Establézcanse las siguientes alícuotas para el pago del presente impuesto:...
- CAPÍTULO VII IMPUESTO AL JUEGO DE QUINIELA, LOTERÍA COMBINADA Y SIMILARES
- Artículo 11. Establézcanse las siguientes alícuotas para el pago del presente impuesto:...
- CAPÍTULO VIII IMPUESTO A LOS CONCURSOS, CERTÁMENES, SORTEOS Y OTROS EVENTOS
- Artículo 12. Para los concursos, certámenes, sorteos u otros eventos previstos en el...
- CAPÍTULO IX TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS
- Artículo 13. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcase las tasas...
- TITULO II
CAPITULO I MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL
- Artículo 14. A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, introdúcense al Código...
- CAPITULO I MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo podrá conceder descuentos a los contribuyentes de los...
- Artículo 16. Se encuentran exentos del impuesto sobre los Ingresos Brutos los...
- CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 17. A efectos de determinar el valor actual de los créditos cedidos según lo...
- Artículo 18. Están exentas del cumplimiento de los requisitos del Artículo 189°...
- Artículo 19. En el caso que el Concesionario del Transporte Público de Pasajeros de Media...
- Artículo 20. En caso que un ramo o actividad no esté previsto o no conste para la misma...
- Artículo 21. Establécese en la suma de pesos sesenta y un mil cuatrocientos ($ 61.400.-)...
- Artículo 22. Establécese en la suma de pesos setecientos dieciséis ($716.-) el monto a...
- Artículo 23. Establézcase la multa del Artículo 65° del Código Fiscal en un...
- Artículo 24. Establézcase la multa del Artículo 76° del Código Fiscal en un...
- Artículo 25. Establécese en la suma de pesos dieciocho mil novecientos setenta y cinco ($...
- Artículo 26. Establécese en la suma de pesos dos millones ciento tres mil setecientos ($...
- Artículo 27. Establécense los montos que se detallan para los siguientes incisos...
- Artículo 28. Establécese en la suma de pesos veintiocho mil doscientos ochenta ($...
- Artículo 29. Establécense los montos que se detallan para los siguientes incisos...
- Artículo 30. Establécese en pesos quinientos ochenta y tres mil trescientos sesenta ($...
- Artículo 31. Establécese la multa a la que alude el Artículo 67° del Código...
- Artículo 32. Establécese en la suma de pesos trescientos cuatro mil setecientos ($...
- Artículo 33. Establécese en pesos un millón setecientos treinta y ocho mil cien ($...
- Artículo 34. Establécese en la suma de pesos sesenta y dos mil seiscientos cincuenta ($...
- CAPITULO IV OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 35. En el Impuesto Inmobiliario, la notificación del avalúo anual...
- Artículo 36. Exímase a las propiedades que hubieran quedado alcanzadas de las...
- Artículo 37. A partir de la vigencia de esta Ley, y hasta el 31 de Diciembre de 2023,...
- Artículo 38. Facúltase a la Administración Tributaria Mendoza a modificar, adecuar el...
- Artículo 39. Condónanse las multas e intereses a las Municipalidades y Reparticiones...
- Artículo 40. Prorrógase el uso del crédito fiscal de Mendoza Activa establecido en...
- Artículo 41. ncorpórase en la Planilla Analítica Anexa al Artículo 3° de la Ley...
- Artículo 42. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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