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Ley Impositiva 2023 Artículo 8 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva 2023 Mendoza
Artículo 8.

El Impuesto a los Automotores al que se refiere el Código Fiscal, para el año 2023 se abonará conforme se indica: a) Grupo I - AUTOMÓVILES Y RURALES Modelos 1999 al 2023: Tres por ciento (3%) del valor asignado por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el ejercicio 2023.

b) Grupo II - CAMIONES, CAMIONETAS, PICKS UPS, JEEPS Y FURGONES b.1) Categorías 1, 2 y 3 (hasta 4.000 kg) - Modelos 1999 al 2023: Tres por ciento (3%) del valor asignado, por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el ejercicio 2023.

b.2) Categorías 4 a 10 (más de 4.000 kgs.) - Modelos 1999 al 2023: Un impuesto fijo que por año se establecen en el ANEXO I c) Grupo III - TAXIS, REMISES, COLECTIVOS, ÓMNIBUS Y MICROÓMNIBUS; Grupo IV - ACOPLADOS, SEMIREMOLQUES Y SIMILARES y Grupo V - TRAILERS Y CASILLAS RODANTES: Los automotores comprendidos entre los años 1999 y 2023 tributarán el impuesto según se indica en los Anexos II a IV respectivamente. d) Grupo VI -MOTOVEHICULOS, MOTOS CON O SIN SIDECAR d.1) Los motovehículos, motos con o sin sidecar, modelos 1999 a 2021 inclusive, tributarán conforme se indica en el Anexo V. d.2) Modelos 2022 en adelante: Tres por ciento (3%) del valor asignado por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el ejercicio 2023. El impuesto a los Automotores para el año 2023 de los vehículos cuyo impuesto se calcule tomando como base el valor asignado por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), no podrá: a) ser inferior al liquidado para el ejercicio 2022. b) superar, respecto del ejercicio anterior, los siguientes porcentajes: VALUACIÓN DEL AUTOMOTOR LÍMITE DEL INCREMENTO Hasta $ 2.500.000. 60% Desde $ 2.500.001 hasta $ 5.000.000 69% Desde $ 5.000.001 hasta $ 10.000.000 79% Los vehículos híbridos (con motor eléctrico con ayuda de motor de combustión interna) y los eléctricos, abonarán en el ejercicio fiscal 2023 el cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a los Automotores, siempre que no posean deuda vencida al 31 de diciembre de 2022. Los Anexos I, II, III, IV y V forman parte de la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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