Ley Argentina Digital (Ley Argentina Digital) Nacional
Ley Argentina Digital Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Finalidad
- Artículo 3. Ámbito de aplicación
- Artículo 4. Jurisdicción federal y competencia contencioso administrativa
- Artículo 5. Inviolabilidad de las comunicaciones
- Artículo 6. Definiciones generales
- Artículo 7. Definiciones particulares
- Artículo 8. Régimen
- Artículo 9. Principios
- Artículo 10. Contenidos y transporte
- Artículo 11. Condiciones de prestación
- Artículo 12. Requisitos
- Artículo 13. Cesión o transferencia
- Artículo 14. Caducidad o extinción de la licencia
- Artículo 15. Carácter de servicio público en competencia
- Artículo 16. Homologación y certificación. Principio
- Artículo 17. Mecanismos de coordinación para el despliegue de redes de telecomunicaciones
- Artículo 18. Definición
- Artículo 19. Finalidad
- Artículo 20. Alcance y régimen
- Artículo 21. Creación y financiamiento
- Artículo 22. Aportes de inversión
- Artículo 23. Exención de aporte
- Artículo 24. Categorías del Servicio Universal
- Artículo 25. Aplicación de fondos
- Artículo 26. Características
- Artículo 27. Administración, gestión y control
- Artículo 28. Autorizaciones y permisos
- Artículo 29. Cesión y arrendamiento
- Artículo 30. Migración de bandas
- Artículo 31. Asignación directa
- Artículo 32. Autorización
- Artículo 33. Administración, gestión y control
- Artículo 34. Registro
- Artículo 35. Prioridad de uso
- Artículo 36. Dictado de los planes
- Artículo 37. Atributos
- Artículo 38. Alcance
- Artículo 39. Obligación de acceso e interconexión
- Artículo 40. Régimen general
- Artículo 41. Condiciones particulares
- Artículo 42. Registro y publicación
- Artículo 43. Ofertas de referencia
- Artículo 44. Diseño de arquitectura abierta
- Artículo 45. Desagregación de red local
- Artículo 46. Obligaciones específicas
- Artículo 47. Competencias
- Artículo 48. Regla
- Artículo 49. Tasa de control, fiscalización y verificación
- Artículo 50. Derechos y aranceles radioeléctricos
- Artículo 51. Aranceles administrativos
- Artículo 52. Tasas y gravámenes específicos
- Artículo 53. Exenciones
- Artículo 54. Servicio Público Telefónico
- Artículo 55. Objeto y alcance
- Artículo 56. Neutralidad de red
- Artículo 57. Neutralidad de red. Prohibiciones
- Artículo 58. Velocidad Mínima de Transmisión
- Artículo 59. Derechos
- Artículo 60. Obligaciones
- Artículo 61. Derechos
- Artículo 62. Obligaciones
- Artículo 63. Reglamentación
- Artículo 64. Procedimiento
- Artículo 65. Medidas previas al inicio del proceso sancionatorio
- Artículo 66. Medidas cautelares en el proceso sancionatorio
- Artículo 67. Tipos de sanciones
- Artículo 68. Accesoria de inhabilitación
- Artículo 69. Carácter formal
- Artículo 70. Graduación de sanciones
- Artículo 71. Atenuantes
- Artículo 72. Decomiso
- Artículo 73. Obligación de reintegrar
- Artículo 74. Reiteración
- Artículo 75. Publicidad
- Artículo 76. Recursos
- Artículo 77. Autoridad de Aplicación
- Artículo 78. Naturaleza y domicilio
- Artículo 79. Continuación
- Artículo 80. Funciones
- Artículo 81. Competencias
- Artículo 82. Control
- Artículo 83. Presupuesto
- Artículo 84. Directorio
- Artículo 85. Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización. Creación
- Artículo 86. Composición
- Artículo 87. Transferencias
- Artículo 88. Sustitúyese el Capítulo III del Título II de la ley 26.522, el que...
- Artículo 89. La ley 19.798 y sus modificatorias sólo subsistirá respecto de...
- Artículo 90. Alcance
- Artículo 91. Integración del FFSU
- Artículo 92. Derogación
- Artículo 93. Régimen de transición. Licencias
- Artículo 94. Régimen de transición. Plan de implementación
- Artículo 95. Régimen para prestadores entrantes al mercado de servicios de comunicación audiovisual
- Artículo 96. Las restricciones y obligaciones establecidas en los artículos 9°, 94 y...
- Artículo 97. Vigencia
- Artículo 98. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Mejores juristas
![](/images/photos/min/1313.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/1354.jpeg)
ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios