Ley Argentina Digital Artículo 66
Ley Argentina Digital
Artículo 66. Medidas cautelares en el proceso sancionatorio
Mediante el dictado del correspondiente acto administrativo emanado en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, podrán adoptarse medidas cautelares consistentes en:
a) El cese inmediato de emisiones radioeléctricas no autorizadas. b) El cese inmediato de cualquier otra actividad presuntamente infractora que pudiere ocasionar un daño irreparable a los usuarios finales del servicio.
c) El precintado de equipos o instalaciones afectados a la prestación de Servicios de TIC.
Las medidas cautelares que se hubiesen dictado cesarán en sus efectos como tales cuando se dicte la medida que ponga fin al procedimiento sancionatorio.
Artículo 66 Ley Argentina Digital
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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