Fomento a las inversiones (Fomento a las inversiones) Provincia de San Luis
Fomento a las inversiones Provincia de San Luis
- TÍTULO I CAPÍTULO I DEFINICIONES Y OBJETIVOS
- Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto fomentar inversiones en la provincia de San...
- Artículo 2. Son objetivos de esta Ley: a) Crear condiciones favorables para la...
- Artículo 3. Serán beneficiarios de la presente Ley, las personas humanas o jurídicas, de...
- Artículo 4. El alcance de los beneficios previstos en la presente Ley se fijarán de...
- TÍTULO II PROGRAMA INCENTIVO FISCAL - PIF
CAPÍTULO I INCENTIVOS PARA LOS INVERSIONISTAS - Artículo 5. Los inversionistas y/o accionistas de empresas acogidas al presente régimen...
- Artículo 6. Las inversiones deberán mantenerse en el patrimonio de sus titulares o...
- CAPÍTULO II EXENCIONES IMPOSITIVAS PARA LAS EMPRESAS
- Artículo 7. Las exenciones tributarias destinadas a las empresas beneficiarias de este...
- Artículo 8. Estarán exentas del pago de los impuestos mencionados en el Artículo 7º, o...
- Artículo 9. El beneficio a otorgar por cada periodo no podrá exceder los siguientes...
- Artículo 10. Los proyectos que sean de titularidad de una o más mujeres, identidades no...
- CAPÍTULO III READECUACIONES, SUSPENSIÓN TEMPORARIA Y DESVINCULACIÓN
- Artículo 11. Los beneficiarios podrán solicitar, transcurrido UN (1) año de su puesta en...
- Artículo 12. Los beneficiarios de esta Ley podrán solicitar por única vez la suspensión en...
- Artículo 13. Los beneficiarios podrán solicitar a la Autoridad de Aplicación la...
- CAPÍTULO IV REINVERSIÓN DE UTILIDADES
- Artículo 14. En caso de que los beneficiarios reinviertan utilidades por un importe mayor...
- Artículo 15. De tratarse de reinversiones realizadas durante el último año de vigencia del...
- CAPÍTULO V APOYO A LAS EXPORTACIONES
- Artículo 16. Los beneficiarios de esta Ley que exporten desde San Luis en forma total o...
- CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. SANCIONES
- Artículo 17. Los beneficiarios, deberán cumplir los proyectos que sirvan de base para el...
- Artículo 18. La norma particular de concesión de beneficios deberá cuantificar las...
- Artículo 19. Constatado el incumplimiento por parte de los beneficiarios a las...
- Artículo 20. Prescribirán a los CINCO (5) años las acciones para exigir el cumplimiento de...
- CAPÍTULO VII AUTORIDAD DE APLICACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
- Artículo 21. El Ministerio de Producción o el organismo que en el futuro lo reemplace es...
- Artículo 22. La presentación del proyecto de inversión deberá efectuarse ante la...
- Artículo 23. Los proyectos deberán ajustarse a lo establecido por la normativa vigente a...
- Artículo 24. Los proyectos y su presentación deberán ajustarse a los requisitos dispuestos...
- Artículo 25. No podrán ser beneficiarios del régimen de la presente Ley: a) Las...
- CAPÍTULO VIII TERRENOS FISCALES Y NAVES INDUSTRIALES
- Artículo 26. A los fines de acceder a terrenos fiscales en los Parques Industriales de la...
- Artículo 27. Con el propósito de coadyuvar a los objetivos de la presente Ley, la...
- CAPÍTULO IX DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 28. El plazo para la presentación de los proyectos será hasta el 31 de diciembre...
- Artículo 29. Las empresas obtendrán los beneficios con el dictado de un Decreto del Poder...
- Artículo 30. Esta Ley rige a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de...
- Artículo 31. Los beneficios fiscales que se hubieren otorgado al amparo de la Ley Nº...
- Artículo 32. El Poder Ejecutivo dictará la reglamentación de esta Ley dentro de los...
- Artículo 33. Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-
Mejores juristas





Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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