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Creación del Colegio de Ciencias Informáticas Artículo 26 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Colegio de Ciencias Informáticas San Juan
Artículo 26. DEBERES

Los profesionales matriculados tendrán los siguientes deberes:

a) ingresar al Colegio con puntualidad el pago de los derechos, aportes y contribuciones que se fijaren de acuerdo con las disposiciones de la presente ley y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten;

b) dar aviso al Colegio de todos los cambios de domicilio real o profesional dentro del plazo de treinta (30) días de producido el evento, como así también de cualquier cese o reanudación de su actividad profesional dentro de igual término;

c) concurrir a las Asambleas Generales del Colegio y a las reuniones a las que fuere convocado o citado. Emitir su voto en las elecciones que se celebren en las Asambleas Generales de la entidad;

d) denunciar ante el Directorio los casos de su conocimiento que configuraren ejercicio ilegal de las profesiones reglamentadas por esta ley; contribuir al prestigio y progreso del Colegio y de la profesión, colaborando con el desarrollo de su cometido;

e) cumplir estrictamente con las normas sobre ejercicio profesional vigente, la presente ley, el Código de Ética, procedimientos que se establecieren, y disposiciones y reglamentaciones que se dictaren.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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