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Creación del Colegio de Ciencias Informáticas Artículo 27 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Colegio de Ciencias Informáticas San Juan
Artículo 27. FINES

El CPCI, tiene como finalidades primordiales, sin perjuicio de las que estatutariamente se le asignen, las siguientes:

a) ejercer el contralor del ejercicio de la profesión;

b) ejercer el gobierno de las matrículas profesionales;

c) dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, Estatutos, Código de Ética y otras disposiciones que tengan relación con la profesión;

d) velar para que la conducta profesional de sus integrantes encuadre en lo dispuesto por la Constitución y demás leyes de la Nación Argentina;

e) ejercer el control disciplinario sobre los matriculados, combatiendo el ejercicio ilegal de la profesión, dictaminando los sumarios que se realicen o promoviendo las acciones que fuera menester;

f) promover y tender al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad haciendo valer y respetar sus derechos.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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