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Constitución Nacional Artículo 37 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Constitución Nacional Nacional
Artículo 37.

Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.

La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.

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Qué establece el artículo 37 de la Constitución Nacional sobre el voto?

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