Constitución Nacional Artículo 38
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/01/2026
Constitución Nacional
Artículo 38.
Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas.
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.
Artículo 38 Constitución Nacional
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
14/08/20 13:14:25
cuales son los derechos del trabajador en El Salvador, contemplados en el art. 38 de la Constitución de la República
Invitado
14/08/20 13:13:34
derechos del trabajador en El Salvador, contemplados en el art. 38 de la Constitución de la República
Invitado
16/03/20 16:05:10
hola buenas necesito hacer un trabajo de constitucion q dice lo suigiente :lean el articulo 38 de la constitucion nacional luego reformulen con sus propias palabras,Alguien me puede ayudar ?
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