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Constitución Artículo 192 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/03/2023

Constitución Jujuy
Artículo 192. RECURSOS MUNICIPALES

1º.- La ley dotará a los municipios de recursos suficientes para el cumplimiento eficaz de sus funciones.- 2º.- El tesoro municipal se compone, además, de los recursos provenientes de :

1º) los impuestos, tasas, patentes, cánones, contribuciones y demás tributos que el municipio establezca en sus ordenanzas, respetando los principios contenidos en esta Constitución y la ley;

2º) la participación que se les asigne de los impuestos provinciales y nacionales;

3º) las contribuciones por mejoras resultantes de la ejecución de obras públicas municipales;

4º) las rentas provenientes del uso de sus bienes;

5º) el impuesto al patentamiento y transferencia de los automotores, como así también el de habilitación para conducir, los que serán uniformes para todos los municipios y fijados por la ley;

6º) la participación en un cincuenta por ciento del impuesto inmobiliario, cuya distribución será determinada por la ley;

7º) los subsidios, las donaciones y legados;

8º) los demás que establezca la ley.-



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Cuándo prescribe la posibilidad de denunciar un caso de abuso a un menor



Hola buenas tardes el día 13 de enero del 2021 se me prohibió la entrada al complejo donde habitaba alegando que mi expareja envió un e mail para prohibirme dicho ingreso , no hablo de mi casa en sí , sino del complejo ( es un condominio) esto me trajo en el momento y posteriormente también un sin numero de inconvenientes. El titular del inmueble soy yo y la prohibición al ingreso me la efectuaron sin existir a ese momento denuncia policial o judicial alguna , ni mucho menos hechos que la justifiquen. 2 días después me llegó una cedula policial con una denuncia falsa de violencia familiar. Mi pregunta es , puedo demandar yo al complejo , a la administración por este atropello, y ya caducó el tiempo de hacerlo? Porque en algunos lugares veo a este es de 2 años, y en otro 3. Gracias por su respuesta


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