Código Tributario Artículo 240 Provincia de San Luis
Código Tributario San Luis
Artículo 240. TRANSFORMACION DE SOCIEDAD
Cuando una sociedad fuera transformada en otra de tipo jurídico distinto, la transformación no será sujeta a impuesto, excepto en los siguientes casos:
1) En el caso en que se disponga un aumento de capital; en este supuesto la base imponible estará constituida por el monto del aumento de capital.
2) En el caso de que se disponga una prórroga en el plazo de duración de la sociedad primitiva, en este supuesto la base imponible estará constituida por el capital social.
Provincia de San Luis Artículo 240 Código Tributario LEY N. VI-0490-2005 9 de Diciembre de 2005
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Código Tributario Córdoba Artículo 47. Obligaciones de Terceros de Suministrar Informes. Negativa Código Procesal Penal Catamarca Artículo 176. Vistas Código Electoral Córdoba Artículo 24. Novedades y bajas Código Electoral Córdoba Artículo 123. Procedimiento Código de Faltas Mendoza Artículo 68.Recomendados
Presupuesto general de cálculo de gastos y recursos del sector público provincial- Ejercicio Año 2019 Catamarca Artículo 32. Ley Orgánica de la Administración de Justicia San Luis Artículo 13. Código Tributario San Luis Artículo 238. DISOLUCION Y CONSTITUCION DE NUEVA SOCIEDAD Instituye la primera semana de mayo de cada año como Semana del Síndrome de Williams Neuquén Artículo 1. Código Tributario San Luis Artículo 166. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE FUNCIONARIOS Y MAGISTRADOSPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios