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Código Procesal Penal Artículo 256 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 256. Plazos

Plazos. La investigación penal preparatoria deberá practicarse en el término de cuatro (4) meses a contar desde la última declaración del imputado; en caso de multiplicidad de imputados, el plazo empezará a contarse cuando todos ellos hubieren declarado. Si resultara insuficiente, el Fiscal podrá solicitar fundadamente prórroga al Juez de Garantías, quien podrá acordarla por otro tanto si entiende justificada su causa o la considera necesaria por la naturaleza de la investigación. Sin embargo, en los casos de suma gravedad y de extremas dificultades en la investigación, podrá concederse otra prórroga de hasta seis (6) meses más.

Transcurridos los plazos antes aludidos las partes podrán pedir al Fiscal que emita la resolución que corresponda en el término de cinco (5) días; si no mediare tal pronunciamiento podrán solicitar al Juez de Garantías el dictado de auto de sobreseimiento sin más trámite.

No se computará en estos casos el tiempo transcurrido en el trámite de incidentes.

Las resoluciones del Juez de Garantías relativas al alcance de los plazos de la investigación serán irrecurribles.

Provincia de Salta Artículo 256 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...254 255 256 256 BIS 257 ...622

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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