Código Procesal penal Artículo 481 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 481. Trámite
En cuanto al trámite ante el Superior Tribunal de Justicia se aplican los Artículos 467 y 475 del presente Código.
Sin embargo, si alguno de los interesados lo pidió dentro del término de emplazamiento, se fija audiencia con intervalo no menor de cinco (5) días para que informen oralmente.
Provincia de Misiones Artículo 481 Código Procesal penal LEY XIV - NRO. 13, 16 de Enero de 2015
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buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
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