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Código Procesal Penal Artículo 379 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Jujuy
Artículo 379. PROCEDENCIA

Procederá el sobreseimiento cuando se pruebe que:

1. El hecho investigado no se cometió o no lo fue por el imputado.

2. El hecho no encuadra en una figura penal.

3. Media una causa de justificación, inimputabilidad, inculpabilidad o una excusa absolutoria.

4. La pretensión penal se ha extinguido.

5. Agotadas las tareas de investigación no existiese razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y no hubiese bases suficientes para requerir de manera fundada la apertura del juicio.

6. Se hubiese aplicado un criterio de oportunidad, conciliación, reparación, mediación o suspensión del proceso a prueba, y se hubiesen cumplido las condiciones previstas en el Código Penal y en este Código.



Provincia de Jujuy Artículo 379 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...377 378 379 380 381 ...557

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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