Código Procesal Penal Artículo 407 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 407. Mediación
El juez podrá autorizar que algún servicio público procure un acercamiento entre el niño o adolescente y quien aparezca como víctima del delito que se le atribuye. Si esta mediación diera como resultado una composición del conflicto entre ambos, podrá también disponerse el archivo de la causa.
En los supuestos precedentes se dispondrá el sobreseimiento.
Provincia del Chubut Artículo 407 Código Procesal Penal
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Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
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