Código Procesal Laboral Artículo 153 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Laboral Santa Fe
Artículo 153. Imparcialidad e independencia
El Conciliador Laboral deberá excusarse de intervenir cuando concurran las causales previstas para los jueces. Por los mismos motivos las partes los podrán recusar con causa. Si el Conciliador Laboral la rechaza, el Juez Laboral de Conciliación y de Ordenamiento del Proceso que asigne la Oficina resolverá sobre su procedencia. La decisión será irrecurrible.
Provincia de Santa Fe Artículo 153 Código Procesal del Trabajo
Mejores juristas





Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Leer de nuevo
Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 152. Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 155. Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 158. Vencimiento de plazos Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 102. Vencimiento recíproco Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 165. Destino de las multasPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios