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Código Procesal Laboral Artículo 6 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 6. Turno. Integración. Votos

Las Salas entenderán por turnos de conformidad con la reglamentación que al respecto dicte el Superior Tribunal de Justicia.

Las resoluciones de las mismas deberán ser pronunciadas por voto de sus dos miembros permanentes, debiendo ser integradas en caso de disidencia por un miembro de la otra Sala, designado por el presidente de Cámara de acuerdo con el orden de nominación establecido en el primer párrafo del artículo anterior y en forma sucesiva, el que deberá optar fundadamente por uno de los votos anteriores.

El primer voto será fundado, pudiendo el Juez que sigue en orden al mismo adherir específicamente a aquél.

El primer voto se establecerá en forma alternada entre los miembros de la Sala, distribuyéndose por sorteo las causas.

La Secretaría llevará un libro, que podrá ser examinado por las partes, sus mandatarios o abogados, en el cual se hará constar la fecha del sorteo de las causas, la de entrega de los expedientes a los Jueces y la de su devolución.



Provincia del Chaco Artículo 6 Código Procesal Laboral
Artículo 1 ...4 5 6 7 8 ...357

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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