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Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria Artículo 355 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan
Artículo 355.

Atribuciones de los abogados: Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio deben ser requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por el abogado con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deben remitirse. Debe, asimismo, consignarse la prevención que corresponda según el artículo anterior.

Los oficios dirigidos a bancos, oficinas públicas, o entidades privadas que tienen por único objeto acreditar el domicilio de las personas o el haber del juicio sucesorio, deben ser presentados directamente por el abogado sin necesidad de previa petición judicial.

Debe otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la Oficina Judicial con transcripción o copia del oficio.

Cuando en la redacción de los oficios los abogados se aparten de lo establecido en la providencia que los ordena, o de las formas legales, su responsabilidad disciplinaria se debe hacer efectiva de oficio o a petición de parte.

Provincia de San Juan Artículo 355 Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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