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Código Fiscal Artículo 124 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Fiscal Salta
Artículo 124. Monto mínimo

La ley impositiva establecerá el importe mínimo que corresponderá abonar anualmente por cada parcela en concepto de impuesto inmobiliario.

Dicho importe mínimo constituirá, asimismo, la base mínima para la aplicación de los recargos establecidos por los arts. 126 y 128, en su caso.



Provincia de Salta Artículo 124 Código Fiscal DECRETO LEY 9/75 27 de Octubre de 2005
Artículo 1 ...122 123 124 125 126 ...387

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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


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