Código de Transito y Transporte Artículo 13.11.2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 13.11.2.
De la modalidad de compartir los datos a través de un medio informático.
La información compartida se proporcionará de forma gratuita y en tiempo real en la modalidad, periodicidad, formato y estándar que determine la Autoridad de Aplicación.
Los datos deberán ser compartidos en un estándar que garantice su precisión y calidad.
Los sujetos obligados deberán poseer o desarrollar, por sí o por terceros, este medio informático, como también adecuarse a los nuevos formatos y/o actualizaciones que la Autoridad de Aplicación disponga en el lapso, modalidades y condiciones que establezca.
Quienes no cuenten con la interfaz o medio informático requerido, ni con los datos o medios como para compartirlo con la Autoridad de Aplicación, contarán con un plazo de seis (6) meses desde la entrada en vigencia de la presente, para desarrollar los medios informáticos necesarios a fin de cumplir con lo exigido.
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.2.11. Uso del acondicionador de aire Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.12.9. Exigencia de Local Operativo Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.12.7. Suspensión del otorgamiento de nuevas licencias Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.10.1. Consideraciones Generales Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.10.3. Licenciatarios del Servicio (Tarjeta Dorada)Publique la información de sí mismo
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