Regulación del Juego en línea (Regulación del Juego en línea) Provincia de Santa Fe
Regulación del Juego en línea Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Fuera de Regulación
- Artículo 3. Objetivo Específico
- Artículo 4. Definiciones
- Artículo 5. Prohibiciones
- Artículo 6. Ámbito de aplicación
- Artículo 7. Juegos de azar en línea
- Artículo 8. Apuestas deportivas y/o pronósticos deportivos en línea
- Artículo 9. Autoridad de aplicación
- Artículo 10. Control y fiscalización
- Artículo 11. Licitación Pública Nacional e Internacional
- Artículo 12. Aspectos técnicos
- Artículo 13. Comisión Legislativa Bicameral de Seguimiento
- Artículo 14. Destino de los fondos
- Artículo 15. Responsabilidad de los concesionarios
- Artículo 16. Aspectos impositivos
- Artículo 17. Juegos on line y agencias autorizadas
- Artículo 18. Política social Integral de juego responsable
- Artículo 19. Articulación con la APRECOD
- Artículo 20. Publicidad y promoción
- Artículo 21. Verificación de las actuales plataformas tecnológicas
- Artículo 22. Vigencia del Decreto PE N° 998/2020
- Artículo 23. Reglamentación
- Artículo 24. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Día de la Reanimación Cardiopulmonar Mendoza Artículo 1.Recomendados
Fortalecimiento del Ministerio Público de la Acusación Código Civil y Comercial Nacional Artículo 2392. Beneficios excluidos de la colación Autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a donar a la Municipalidad de El Bolsón un inmueble para la construcción de la Terminal Municipal de Ómnibus Río Negro Artículo 5. Remuneración de funcionarios judiciales designados de conformidad al procedimiento previsto en los Artículos 16 bis y 16 ter de la Ley Nº 13.004 Provincia de Santa Fe Crean la Agencia de Medidas No Privativas de Libertad Provincia de Santa FePublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios