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Regulación del Juego en línea Artículo 4 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Regulación del Juego en línea Santa Fe
Artículo 4. Definiciones

A los efectos de la presente, denomínanse:

- Sistemas de juegos basados en plataformas digitales: entiéndese como "Sistema de Juegos Basados en Plataformas Digitales", al conjunto de equipos y aplicaciones mediante los cuales se transmiten, ofrecen, captan, procesan, reciben, pagan y promocionan juegos y apuestas desde o hacia la ubicación del jugador, incluyendo los sistemas de cómputo empleados para proveer y controlar la actividad, la interface de comunicación que conecta los sistemas al internet y la interface de comunicación que conecta los sistemas con otros equipos fijos y/o móviles.

- Juegos de azar en línea y/o modalidad virtual: todos los juegos de azar, apuestas, combinaciones aleatorias, y en general todas aquellas actividades en las que estén en juego cantidades de dinero u objetos, económicamente evaluables sobre los resultados, y que permitan su transferencia entre los participantes, con independencia de que predominen en ellos, el grado de habilidad, destreza o maestría de los jugadores, o sean exclusiva y primordialmente de suerte, azar, siempre que se lleven a cabo únicamente a través de medios y/o plataformas digitales, electrónicas, informáticas, telemáticas, interactivas, de telecomunicación, y/o los que en el futuro se desarrollen.

- Apuestas deportivas y/o pronósticos deportivos en línea y/o modalidad virtual: todo aquel cuyo resultado, futuro e incierto, esté vinculado en todo o en parte, directa o Indirectamente a una competencia deportiva de cualquier naturaleza, creada o a crearse, con participación de una o más personas y con prescindencia de la modalidad de su realización y/o del tipo de apuestas de que se trate, incluyendo las carreras de caballos, siempre que se lleven a cabo únicamente a través de medios y/o plataformas digitales, electrónicas, informáticas, telemáticas, interactivas, de telecomunicación, y/o los que en el futuro se desarrollen.

Provincia de Santa Fe Artículo 4 Regulación del Juego en línea
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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