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Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Artículo 22 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Catamarca
Artículo 22.

Por los contratos y operaciones de seguros, capitalización y ahorro previo y contrataciones similares que a continuación se enumeran, se pagará el impuesto que en cada caso se establece:

INCISO CONCEPTO ALÍCUOTA

1 Contratos de seguro de cualquier naturaleza
(excepto los de vida obligatorio y los de
accidente de trabajo del mismo carácter) o
pólizas que lo establezcan, sus prórrogas y
renovaciones suscriptas en jurisdicción de
la Provincia que surtan efectos legales o
versen sobre bienes situados en ella,
calculado sobre el monto de la prima
convenida durante la vigencia de tales
contratos.
6,00%o
Pagarán el mismo impuesto los contratos
de seguro o las pólizas suscriptas fuera de
la Provincia que cubran bienes situados
dentro de su jurisdicción o riesgo por
accidente de personas domiciliadas en ella,
conforme lo previsto en el segundo párrafo
del Artículo 207° del Código Tributario.
Cuando el tiempo de duración del contrato
sea incierto, el impuesto será abonado en
ocasión del pago de cada una de las primas
parciales.

2 Los seguros de vida contratados dentro de
la Provincia pagarán el impuesto sobre el
monto asegurado cuando éste exceda de
PESOS CINCUENTA ($ 50.-).
Igual impuesto abonarán los seguros
contratados fuera de la Provincia sobre la
vida de las personas residentes dentro de
su jurisdicción, conforme lo determina el
segundo párrafo del Artículo 207° del Código
Tributario 5,00%o

3 Los endosos de contratos de seguros
cuando se transfiere la propiedad, sobre la
proporción del monto de la prima convenida
que correspondiere al plazo de vigencia
subsistente 2,00%o

4 Los informes de liquidadores de siniestros o
convenios que éstos firmen con los
asegurados, al ser aceptados o confirmados
por el asegurador 1,00%o

5 Los títulos de capitalización y ahorro, los
contratos de ahorro previo y sus cesiones,
con derechos a beneficios obtenidos por
medio de sorteos y licitación,
independientes del interés y/o ajuste del
capital, abonarán el impuesto sobre el
capital suscripto, a cargo del suscriptor, el
que será retenido y satisfecho por los
emisores mediante Declaración Jurada 1,00%o

La restitución de primas al asegurado, en ningún caso dará lugar a la devolución del impuesto que se haya satisfecho. El Impuesto de Sellos correspondiente a la póliza, será cobrado por los aseguradores y pagado al fisco por éstos bajo Declaración Jurada.

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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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