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Ley Impositiva Anual Artículo 21 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley Impositiva Anual Santa Fe
Artículo 21.

Abonarán el medio por mil (1/2 %o): Las operaciones de compraventa, al contado o a plazo, de mercaderías, cereales, oleaginosos, productos o subproductos de la agricultura, ganadería o minería y frutos del país, semovientes, títulos, acciones y debentures y valores fiduciarios en general, concertadas en Bolsa bajo las siguientes condiciones:

a)Que sean formalizadas por las partes o por comisionistas o por intermediarios en los formularios oficiales que las Bolsas emitan o la Administración Provincial de Impuestos apruebe.

b)Que se inscriban en los libros que al efecto llevarán las Bolsas para el registro de las operaciones que le corresponden. Cuando las operaciones de compraventa de productos de la agricultura no se inscriban en Bolsa abonarán el uno por mil (1%o).

Provincia de Santa Fe Artículo 21 Ley Impositiva Anual
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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