Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal (Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal) Nacional
Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal Nacional
- Artículo 1. Jurisdicción
- Artículo 2. Imparcialidad e independencia
- Artículo 3. Condiciones esenciales de la jurisdicción
- Artículo 4. Oralidad y publicidad
- Artículo 5. Igualdad entre las partes, contradicción e inmediación
- Artículo 6. Simplicidad, desformalización, celeridad y concentración
- Artículo 7. Motivación
- Artículo 8. Facultades disciplinarias de los jueces
- Artículo 9. Deber de cooperación
- Artículo 10. Actividad administrativa
- Artículo 11. Competencia material penal federal
- Artículo 12. Competencia material federal en lo penal económico
- Artículo 13. Competencia material penal nacional en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 14. Competencia material penal nacional de adolescentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 15. Distritos federales
- Artículo 16. Órganos
- Artículo 17. Corte Suprema de Justicia de la Nación
- Artículo 18. Cámara Federal de Casación Penal
- Artículo 19. Cámaras Federales de Apelaciones
- Artículo 20. Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal Económico
- Artículo 21. Tribunales Federales de Juicio de Distrito
- Artículo 22. Tribunales Federales de Juicio en lo Penal Económico
- Artículo 23. Juzgados Federales de Garantías de Distrito
- Artículo 24. Juzgados Federales de Garantías en lo Penal Económico
- Artículo 25. División territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 26. Órganos
- Artículo 27. Cámara Nacional de Casación Penal
- Artículo 28. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal
- Artículo 29. Tribunales Nacionales de Juicio
- Artículo 30. Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes
- Artículo 31. Juzgados Nacionales de Garantías
- Artículo 32. Juzgados Nacionales de Garantías de Adolescentes
- Artículo 33. Equipo interdisciplinario
- Artículo 34. Juzgados Nacionales de Ejecución Penal
- Artículo 35. Juzgado Nacional en lo Penal de Rogatorias
- Artículo 36. Colegio de Jueces
- Artículo 37. Presidente y vicepresidente del Colegio. Funciones
- Artículo 38. Equipos de trabajo
- Artículo 39. Oficinas judiciales
- Artículo 40. Principios rectores de actuación
- Artículo 41. Funciones en la gestión de las audiencias
- Artículo 42. Asignación de casos y fijación de audiencias. La asignación de casos será por sorteo
- Artículo 43. Funciones en la ejecución de la pena
- Artículo 44. Dirección
- Artículo 45. Organización
- Artículo 46. Ubicación y dependencia funcional
- Artículo 47. Coordinación institucional
- Artículo 48. Facultades de superintendencia
- Artículo 49. Sustitución
- Artículo 50. Efectos sobre otras normas
- Artículo 51. Entrada en vigencia
- Artículo 52. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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