Ley de Ministerios Artículo 22 Provincia de Río Negro
Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 22. Competencia del Ministerio de Modernización
Compete al Ministerio de Modernización asistir al Gobernador en todo lo inherente a la modernización del Estado, la optimización de los procesos administrativos en la búsqueda del mejoramiento de los servicios a los ciudadanos a través de la innovación, ciencia y tecnología y, en particular:1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
3. Entender en el diseño y ejecución de las políticas públicas de modernización del Estado, su gobernanza y la optimización de los procesos administrativos en la búsqueda del mejoramiento de los servicios a los ciudadanos.
4. Definir los estándares tecnológicos para todo el sector público provincial, para garantizar la economía, eficiencia e interoperabilidad de todos los sistemas de información del Estado.
5. Ejercer la coordinación y dirección de todas las áreas de informática de los organismos del sector púbico provincial, que sin perjuicio de conservar su dependencia jurídica y funcional con sus respectivas jurisdicciones y entidades, se deberán sujetar a las directivas técnicas, estándares y protocolos, así como las directrices de gobernanza digital que determine el Ministerio de Modernización.
6. Emitir opinión técnica de competencia sobre los proyectos tecnológicos que inicien los diversos organismos y entidades, previo al inicio de la contratación correspondiente.
7. Proponer al Poder Ejecutivo las modificaciones normativas que resulten necesarias para adecuar los procesos administrativos a las innovaciones tecnológicas que se implementen.
8. Asesorar y asistir a los organismos provinciales y municipales en la elaboración de sus proyectos tecnológicos.
9. Desarrollar e implementar una plataforma de identidad digital ciudadana, que permita el acceso de los ciudadanos a la información, bienes y servicios que administra y presta el Estado provincial (Ciudadanía Digital).
10. Desarrollar e implementar una plataforma de interoperabilidad ecosistémica digital que habilite la integración de soluciones informáticas sobre la interoperabilidad de datos, procesos y servicios digitales, en el marco de los estándares y protocolos tecnológicos definidos por la norma IRAM 17610-1 (Ecosistema Digital de Integrabilidad).
11. Coordinar y ejecutar las políticas especiales tendientes a la modernización del Estado provincial.
12. Entender en la elaboración, diagnóstico, estadísticas y estudios necesarios para la mejora general de la administración, su modernización y eficiencia.
13. Entender y coordinar todo lo relativo al sistema provincial de innovación, ciencia y tecnología y en lo concerniente a las empresas estatales y organismos descentralizados afines, en especial en la supervisión de la de Alta Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E.).
14. Entender en la gestión y supervisión de INVAP Ingeniería Sociedad Anónima, e INVAP Sociedad del Estado.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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