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Ley de Ministerios Artículo 23 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 23. Competencia de las secretarías de Estado

Compete a las secretarías de Estado asistir al Gobernador directamente y en todo lo inherente a la competencia específica que le asigna la presente.

Sus titulares integran el Gabinete provincial, con funciones similares a las enunciadas en el artículo 4° inciso a) de la presente. En particular, les compete:

a) A la Secretaría General:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.

3. Entender en la convocatoria y la coordinación de las reuniones del Gabinete provincial, conforme lo disponga el Gobernador.

4. Entender en coordinación con el área competente, en todo lo inherente a la evaluación y control de gestión de la ejecución del plan de gobierno aprobado por el Poder Ejecutivo.

5. Entender en todo lo concerniente al desarrollo de actividades de supervisión y coordinación de las políticas públicas y programas de acción de gobierno.

6. Entender en el funcionamiento y la supervisión de la Casa de Río Negro y demás delegaciones del Poder Ejecutivo.

7. Desarrollar las actividades inherentes al servicio administrativo y atención del público despacho del Gobernador, a través del área Legal y Técnica incluyendo la promoción en sede legislativa de proyectos de ley elaborados por el Poder Ejecutivo y la supervisión de la Dirección del Boletín Oficial, registro y publicación de leyes, decretos y demás actos administrativos.

8. Producir los informes que el Gobernador le encomiende, pudiendo recabar los antecedentes necesarios de los distintos ministerios, secretarias, organismos, entes y empresas.

9. Supervisar y controlar los bienes inmuebles del Estado provincial, así como el ordenamiento del parque automotor y del régimen de viviendas oficiales.

10. Entender y supervisar la gestión de todo lo concerniente a Lotería para Obras de Acción Social.

11. Entender, en coordinación con las áreas específicas, en la vinculación y gestión de los entes regionales para el desarrollo creados en el territorio provincial.

12. Entender en las actividades inherentes del servicio de Ceremonial y Protocolo del Gobernador.

13. Entender en las relaciones institucionales con las iglesias, cultos y organizaciones no gubernamentales.

14. Entender en las relaciones institucionales con el Poder Legislativo y organismos de control interno y externo previstos en la Constitución Provincial.

15. Entender en la difusión de los actos de gobierno y política de comunicación del Estado y oficiar como órgano de aplicación de las políticas relativas a la comunicación digital, radiodifusión, televisión y espectro de frecuencias.

16. Entender y supervisar la gestión de Radio y Televisión Río Negro Sociedad del Estado.

17. Promover la comunicación interactiva del Estado con la ciudadanía, monitoreando en forma permanente la opinión de los ciudadanos en relación con las políticas implementadas desde todos los Ministerios.

b) A la Secretaría de Energía y Ambiente:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.

3. Entender en la determinación de políticas y objetivos en materia hídrica, de ambiente, energía eléctrica, minería, hidrocarburos y sus derivados.

4. Entender en todo lo relativo a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de recursos minerales e hidrocarburos.

5. Entender en los procesos de adjudicación, concesión, prórroga, rescisión y/o renegociación de las áreas mineras e hidrocarburíferas.

6. Entender en lo relativo a los proyectos, programas, acciones y todo lo inherente a la planificación, ejecución y control de obras relacionadas con Gas Licuado de Petróleo (GLP) y Gas Natural Licuado (GNL).

7. Ejercer, como autoridad de aplicación, la fiscalización y control de las áreas mineras e hidrocarburíferas, como así también de las instalaciones, plantas, playas de maniobras, baterías, piletas, campamentos, ductos (oleoductos. gasoductos, poliductos, acueductos), cintas, cañerías, tanques, estructuras, líneas, estaciones, maquinarias y cualquier otro tipo de obra, construcción y/o equipamiento industrial, comercial y/o de generación, transporte, distribución, despacho, almacenaje, transformación y/o procesamiento de fluidos, energías y/o materiales de cualquier índole, pudiendo requerir la colaboración de las Empresas Minera Rionegrina Sociedad Anónima (EMIRSA) y de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial (EDHIPSA).

8. Entender en la relación con la Secretaría de Energía de la Nación y demás organismos o entes nacionales, provinciales y municipales en lo que es materia de su competencia.

9. Entender en todo lo relativo a los proyectos, programas y acciones relacionados con el aprovechamiento energético de los recursos naturales e industriales propios y compartidos, incluyendo las fuentes minerales, eólica, solar, geotérmica, mareomotriz, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, biogás y demás materiales.

10. Entender en lo relativo a los proyectos, programas, acciones y todo lo inherente a la planificación, ejecución y control de obras y/o proyectos relacionados con la generación, desarrollo, producción, almacenamiento, transporte y comercialización de energía eléctrica, de hidrógeno y/o de otros vectores energéticos, así como a la comercialización de la energía y materiales generados por tales medios.

11. Entender en todo lo relativo a los proyectos, programas y acciones relacionados con el desarrollo y aprovechamiento de energías convencionales y no convencionales, renovables y no renovables, hidrógeno y otros vectores energéticos.

12. Entender en todo lo relativo a los proyectos, programas y acciones relacionadas con la eficiencia energética, tanto del sector público como privado.

13. Entender en todo lo relativo a la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

14. Entender en todo lo relativo a la tutela, gobierno, planificación administración, protección, policía y manejo racional de los recursos hídricos provinciales, así como en la regulación de su uso y goce y la prevención contra sus efectos nocivos.

15. Entender en el otorgamiento de concesiones, autorizaciones y permisos de uso y/o aprovechamiento de los recursos hídricos.

16. Entender en la elaboración, control y fiscalización de las normas de preservación, protección y recuperación del ambiente.

17. Entender en la regulación y control de los agentes, actividades y procesos que produzcan alteraciones relevantes al ambiente.

18. Participar en la promoción de la educación ambiental y en la difusión de prácticas tendientes a la preservación ecológica y a la adaptación y mitigación al cambio climático.

19. Entender en la promoción, integración y fortalecimiento de los consejos ambientales locales y regionales.

20. Intervenir en la regulación tecnológica y ambiental de la investigación y del uso racional de los recursos naturales renovables y no renovables, incluyendo la promoción, fiscalización y control de la calidad en su uso, manejo y explotación.

21. Establecer las estrategias, medidas, políticas e instrumentos relativos al estudio del impacto, la vulnerabilidad y las actividades de adaptación al cambio climático que puedan garantizar el desarrollo humano y de los ecosistemas.

22. Asistir y promover el desarrollo de estrategias de mitigación y reducción de gases de efecto invernadero en el país.

23. Reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales ante el cambio climático, protegerlos de sus efectos adversos y aprovechar sus beneficios.

24. Entender y supervisar la gestión del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE).

25. Entender y supervisar la gestión del Departamento Provincial de Aguas (DPA).

26. Fijar las estrategias provinciales y entender en los asuntos relativos a la promoción de la transición energética.

27. Entender en todo lo relativo a la generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica.

28. Entender en la regulación de los sistemas, instalaciones y obras de generación hidroeléctrica.

29. Entender en la vinculación, gestión y desarrollo de las políticas a seguir por los siguientes organismos: Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad Anónima (EDHIPSA), Hierro Patagónico Rionegrino Sociedad Anónima (HIPARSA), Empresa Minera Rionegrina Sociedad Anónima (EMIRSA), Transportadora de Energía del Comahue Sociedad Anónima (TRANSCOMAHUE S.A.), Eólica Rionegrina Sociedad Anónima (ERSA) y Aguas Rionegrinas Sociedad del Estado (ARSE).

30. Representar a la Provincia de Río Negro ante el Consejo Federal de Planificación y ante el Consejo Federal de Inversiones (CFI).

31. Entender en la regulación y contralor de zonas francas.

32. Entender en la regulación y contralor de puertos y servicios portuarios, en las zonas marítimas y fluviales.

33. Entender en lo concerniente a habilitación, funcionamiento y regulación de parques industriales.

c) A la Secretaría de Asuntos Estratégicos y Planificación:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Diseñar, planificar, ejecutar y supervisar planes, programas y proyectos que el Poder Ejecutivo defina como estratégicos, transversales a las distintas áreas de gobierno, para desregular, mejorar de la calidad regulatoria, optimizar los procesos administrativos y favorecer la radicación de inversiones en la Provincia de Río Negro.

3. Articular el trabajo de y con los restantes ministerios, secretarías de Estado, organismos descentralizados, empresas del Sector Público Provincial y organismos de control interno en el marco de sus competencias.

4. Asesorar a los mismos en el diseño e implementación de proyectos estratégicos.

5. Promover la desburocratización administrativa, desregulación, la mejora de la calidad regulatoria, la simplificación operativa y la reducción del gasto de funcionamiento.

6. Proponer en conjunto con el Ministerio de Modernización, el dictado de nuevas regulaciones y/o actualización o eliminación de las vigentes, para modificar y/o eliminar trámites burocráticos que no se ajusten a la evolución tecnológica actual, que establezcan para la ciudadanía rionegrina o el sector productivo cargas administrativas excesivas, irrazonables o que puedan ser suplidas por la propia actividad del Estado, que hayan demostrado ser ineficaces en orden a las causas que le dieron orígen y/o que no tengan una razonable relación entre costo operativo y beneficio obtenido.

7. Conformar y dirigir consejos y/o equipos técnicos y profesionales interorgánicos, especializados e interdisciplinarios, para todos aquellos proyectos estratégicos, planes de acción, planificaciones específicas y/o proyectos ejecutivos que indique el Gobernador, a fin de promover el desarrollo humano, económico y productivo de la provincia.

8. Realizar análisis y estudios sobre tendencias y desafíos estratégicos, y producir los informes que el Gobernador le encomiende sobre los mismos, pudiendo requerir la información de las distintas áreas del sector público, así como contratar consultorías y/o conformar equipos de trabajo interorgánicos a tal fin.

9. Entender como autoridad de aplicación, en los procedimientos de las leyes A nº 3484 (Iniciativa Privada), A nº 3709 (Servicios de Consultoría) y A nº 5278 (Contratos de Participación Público-Privada).

10. Promover la celebración de acuerdos y convenios con organismos nacionales, provinciales y municipales, en el ámbito de sus competencias.

11. Entender en el sistema de planificación provincial.

12. Entender como organismo rector de la planificación estratégica y de proyectos estratégicos de la provincia, como instrumento integrador de políticas y niveles de gobierno.

13. Entender y coordinar el desarrollo de actividades de planificación de las políticas públicas de corte territorial, sectorial e institucional y los programas de acción de gobierno, especialmente en torno a actividades relacionadas a proyectos vinculados a la planificación estratégica provincial o políticas públicas de desarrollo estratégico.

14. Diseñar, planificar y supervisar las estrategias de implementación de la ley nº 5724 de adhesión al RIGI, y demás beneficios promocionales que establezca la provincia para grandes inversiones.

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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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