Ley de Ministerios Artículo 19 Provincia de Río Negro
Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 19. Competencia del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura
Compete al Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura entender en todo lo atinente a la elaboración, planificación, articulación e implementación de políticas públicas orientadas a la protección, promoción, inserción social y desarrollo integral de las personas y familias en general y de los grupos en situación de emergencia social y, en particular:1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.
3. Intervenir en la atención, asistencia y protección de las personas y familias en situación de vulnerabilidad social.
4. Entender en todo lo atinente a la protección de derechos de las niñas, los niños y los adolescentes en el territorio de la provincia.
5. Impulsar la elaboración y ejecución específica de planes, programas, protocolos de actuación y proyectos que garanticen el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
6. Entender en las relaciones institucionales con el Poder Judicial y la Procuración General en todo lo referente a la protección, garantía y aplicación de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
7. Asistir, en forma conjunta con el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a los organismos municipales y organizaciones no gubernamentales para la implementación de las políticas públicas de niñez y adolescencia.
8. Impulsar programas específicos en coordinación con el Comité Provincial para el Abordaje Integral de Políticas Públicas con Perspectiva de Género y Diversidad.
9. Intervenir activamente en la prevención, asistencia, y protección articulada con otros organismos de la provincia, a personas en situación de violencia por razones de género.
10. Hacer efectiva la asistencia integral de personas en situación de vulneración de derechos o violencia por razones de género.
11. Entender en todo lo atinente a la protección de derechos de los adultos mayores en el territorio de la provincia.
12. Entender en todo lo atinente a la promoción de nuevas modalidades de participación de los sectores interesados en la problemática social, desarrollando políticas centradas en la promoción y generación de trabajo y la producción.
13. Entender en el desarrollo, fiscalización y armonización de la actividad cultural y artesanal en la provincia.
14. Gestionar el financiamiento y ejecución de obras de interés cultural.
15. Entender en la conservación, promoción, rescate, enriquecimiento, difusión, defensa, desarrollo y extensión del patrimonio artístico cultural de la Provincia de Río Negro en su integridad.
16. Entender en la promoción, desarrollo y fiscalización de la actividad deportiva de la provincia.
17. Gestionar el financiamiento y la ejecución para la realización de obras de interés deportivo.
18. Entender en la elaboración, diagnóstico, estadísticas y estudios cuantitativos y/o cualitativos para un mejor conocimiento de las problemáticas y materias que son de su competencia.
Provincia de Río Negro Artículo 19 Ley de Ministerios
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios